20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Timoneando la indemnización

Un hombre que se desempeñó como marinero por 25 años recibirá una indemnización millonaria por la incapacidad física que le generó el trabajo en altamar

La Cámara Laboral de Viedma, provincia de Río Negro, ordenó indemnizar con cuatro millones de pesos a un hombre que trabajó durante más de 25 años como marinero en buques pesqueros, cuya actividad le generó una incapacidad permanente.

El demandante relató que su actividad le implicaba traslados por diversos puertos durante la temporada y el trabajo en diferentes empresas. Detalló que las labores empiezan a las cinco o seis de la mañana y se extienden hasta que se completa la carga. En cada turno se trabaja agachado, realizando maniobras para tirar y subir la red, lo que implica un gran esfuerzo físico.

Además, declaró que realizaba la tarea de “canasteo” que consistía en tirar el producto a la bodega con unos canastos, lo que se realizaba agachado, y afirmó que "le provocaba cansancio de brazos, de espalda y que, como marinero, tenían que aguantar el dolor”.

El monto de la indemnización se debe a que el marinero padece “hernia discal traumática y desgarro del tendón supraespinoso y tendinosis de fibras craneales del subescapular en el hombro izquierdo” y se encuentra comprometido en su funcionalidad el codo izquierdo.

Del informe médico adjuntado a la causa, utilizado por los jueces para emitir la sentencia, surgió que el trabajador también debía ejecutar la tarea de “estibar las tijeras”, utilizada para la apertura de los portones, mediante dos cables pesados, que se hace con un guinche manual, manejado con un volante.

Al respecto, el fallo afirmó que el actor realizó esa tarea, que implica hacer fuerza con los brazos y el cuerpo entero. Asimismo, debía bajar, junto a otros marineros, a la bodega, y allí se ocupaban de estibar los cajones de entre 20 y 22 kilogramos.

Si bien la ART intentó negar los hechos, los miembros del Tribunal sostuvieron que "ha sido probado que las tareas se desarrollan en un medio hostil, parados y en posición de agachados durante una importante parte de la jornada”. De esta manera, tras analizar la prueba y establecer una incapacidad del 29,80 por ciento, condenaron a la empresa Galeno a abonarle la suma de $4.637.402 como indemnización.

 

 

 

 

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486