20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La sentencia remarca el peligro en la demora de la situación

Gestación y afiliación

La Cámara Federal de Córdoba ordenó a una obra social afiliar provisoriamente a dos bebés recién nacidos por gestación por sustitución, teniendo en cuenta que sus padres ya son afiliados de la misma.

 

En autos «S., N. A. Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION s/ PRESTACIONES MEDICAS», la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba ordenó a la obra social demandada afiliar provisoriamente a los recién nacidos por gestación por sustitución siendo que sus progenitores revisten la condición de afiliados.

Asimismo indicó que deberán brindarles cobertura del 100% a su cargo de la internación en una unidad de terapia intensiva neonatal, por cuanto se encuentra acreditada la verosimilitud del derecho debido a que de la prueba arrimada surge que los amparistas son afiliados a la demandada y que conforme los certificados de nacimiento y partidas de nacimientos, los niños son hijos del matrimonio y el médico tratante ha prescripto que deben quedar internados en la unidad de cuidado neonatales debido a su estado de salud.

 

La sentencia remarca que la salud es un derecho fundamental e indispensable para el ejercicio de los derechos humanos

 

El tribunal indicó también que se verifica en el presente caso un grave peligro en la demora, que resulta de la condición de recién nacidos y la indicación médica de internación en U.T.I. con posterioridad al parto expedida con fecha 21/5/2021 por el médico, corresponde por la presente garantizar el resguardo del derecho a la salud de los menores .

La sentencia remarca que la salud es un derecho fundamental e indispensable para el ejercicio de los derechos humanos. El  párrafo 1 del art. 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos afirma que «toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios».

“Asimismo, cabe resaltar que se encuentran en juego en las presentes actuaciones los derechos de los niños, los cuales se encuentran garantizados a través de numerosos Pactos Internacionales con jerarquía constitucional, que contienen cláusulas específicas que resguardan la vida y la salud de aquellos” expresa el decisorio, que contó con la firma de los camaristas Eduardo Avalos y Graciela Montesi.

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486