El 29 de julio se realizó el Juicio oral en el que la jueza Correccional N° 1, Gabriela María Alejandra Aromí condenó a 6 meses de prisión en suspenso a una persona por incumplir las medidas sanitarias impuestas por la autoridad para impedir la propagación del Covid19 que se enmarca en el delito de “Infracción de Medidas Sanitarias contra Epidemias”, previsto en el 205 del Código Penal. Como regla de conducta se le impuso el cumplimiento de servicios comunitarios gratuitos en una Fundación por el término de seis meses, con una carga horaria de 12 horas mensuales. En el juicio, la señora Fiscal probó que el día 10 de abril del 2020, el acusado transitaba a las 3.20 horas aproximadamente, en un lugar distante de su domicilio, sin su documento, sin poder justificar su presencia en el lugar. Tal conducta implicó la violación del aislamiento preventivo social obligatorio impuesto por el DNU N° 260/20 y su modificatoria N° 297/20, al que Corrientes adhirió por Decreto 588/2020, por lo que se encuadró en el delito previsto en el artículo 205 del Código Penal.