12 de Noviembre de 2024
Edición 7090 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/11/2024
Deberán abonar, cada uno, el equivalente a dos salarios mínimos

Triangulación de conflictos parentales

Un juzgado de Familia de Río Negro multó a los progenitores de un menor por el maltrato físico y psicológico que ejercieron sobre su pequeño hijo. "No han medido las consecuencias que provocarían en el psiquismo del niño", sostuvo el fallo

El Juzgado de Familia de Cipolletti, provincia de Río Negro, sancionó a un hombre y a una mujer por el maltrato físico y psicológico que ejercieron sobre su pequeño hijo. 

La causa se inició porque el padre y la madre se encuentran separados y, ante la imposibilidad de un acuerdo, iniciaron ante el Juzgado N°5 de Cipolletti un expediente para determinar la modalidad del cuidado personal del niño. Allí, informes del Equipo Interdisciplinario del juzgado y de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf) arrojaron que el menor padeció violencia por parte de ambos.

Las profesionales advirtieron la existencia de una “triangulación de los conflictos parentales” con sintomatologías de crisis, desbordes emocionales y sufrimiento psíquico. El niño además confesó que padecía violencia física.

La sentencia que sancionó tanto al padre como a la madre a pagar, cada uno, el equivalente a dos salarios mínimos afirmó que la violencia ejercida sobre un niño por parte de sus progenitores no sólo es un hecho prohibido por la ley, sino que es un hecho que le resulta repugnante a la ley. 

El titular del juzgado detalló que "los progenitores no han medido las consecuencias que provocarían en el psiquismo del niño, actuando de modo desaprensivo, priorizando sus intereses de adultos, por sobre los de quien debían proteger" y, además, "convirtieron al grupo familiar que conformaron en una familia crónicamente violenta y abusiva".

"Los niños que aprenden en sus hogares modelos de relaciones violentas, tienden a reproducirlos en sus futuras relaciones, perpetuándose el problema", expresó el magistrado, destacando que “ninguna buena conducta puede esperarse de un niño cuando arribe a la adultez, si quien debe protegerlo, lo castiga física o emocionalmente”.

En ese marco, destacó que el menor, en atención a su corta edad, "no ha alcanzado aún el desarrollo madurativo necesario para poder "defenderse" de dicho ataque a su integridad, tanto físico como psíquico".

Por todo lo expuesto, el Juzgado de Familia de la ciudad rionegrina, con el objetivo de hacer cesar los actos de violencia, sancionó económicamente a los progenitores quienes deberán abonar el total de cuatro salarios mínimos.

 

 

 

 

 

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Más del 65% ncesitó de atención "urgente"
Córdoba: la violencia familiar en números
Las menores estarán a cuidado del padre
Violencia familiar via Whatsapp
218 exclusiones de hogar en 16 días
La violencia familiar no tiene feria

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486