20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Elecciones 2021

Sospechosos libres de voto

La jueza María Servini de Cubría dispuso que las personas contagiadas de Covid, con síntomas de la enfermedad o contactos estrechos quedarán exceptuadas de votar en las próximas PASO del 12 de septiembre. 

La jueza federal con competencia electoral en la ciudad de Buenos Aires, María Servini, resolvió que las personas contagiadas o aisladas por presentar síntomas o haber sido contacto estrecho de pacientes con coronavirus están eximidas de votar en las próximas elecciones del 12 de septiembre, de acuerdo con disposiciones de los juzgados electorales de cada jurisdicción.

"Las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de Salud pública correspondientes, no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto", expresó la jueza.

Servini remitió el oficio a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, a las carteras de Salud y Justicia y Seguridad del gobierno porteño, a la Policía de la Ciudad y al Tribunal Superior de Justicia de la CABA.

Además, en el mismo oficio la magistrada estableció que no deberán presentarse a votar los "electores que fueren contacto estrecho o sean considerados casos sospechosos", como tampoco aquellos que "deban permanecer aislados" por alguna de las disposiciones legales vigentes.

Para el caso de que "un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento y el delegado electoral labrará un acta al respecto", añadió.

La decisión se enmarca en el DNU vigente que sostiene que "en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso', o 'contacto estrecho' de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20, prorrogado en los términos del Decreto N° 167/21, sus modificatorios y normas complementarias".

El protocolo se aplicará en cada jurisdicción es potestad de los 24 jueces federales de primera instancia con competencia electoral. 

 

 

 


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