20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Una pelea con mamá que terminó mal

La Cámara de Casación Ordinaria ordenó revisar la revocación de la libertad condicional de un hombre que se fue del domicilio declarado tras una pelea con su madre. Los camaristas destacaron que se ausentó un solo día, se mantuvo en todo momento en las zonas aledañas y fue detenido por personal policial a escasos metros del mismo.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional reenvió al juzgado de origen las actuaciones para que se evalúe la revocación o el mantenimiento de la libertad condicional de un hombre que se ausentó del domicilio declarado tras una pelea con su madre.

En el caso, el 9 de junio de 2020 se le otorgó al condenado la libertad condicional con la imposición de distintas reglas de conducta, dentro de las cuales se encontraba la obligación de fijar domicilio en la casa de su madre. Pasado un tiempo, la mujer avisó que el joven se encontraba consumiendo nuevamente y que era su deseo revocar su domicilio dado que la problemática adictiva de su hijo generaba constantes problemas de convivencia.

El fallo destacó que "para poder afirmar que una persona incorporada al régimen de libertad condicional ha violado la obligación de residencia se debe verificar su ausencia del domicilio sin previo aviso durante un lapso temporal razonable y mínimamente considerable, lo que no ocurre en el caso".

Días después el hombre se fue del domicilio y no atendió los llamados del centro de monitoreo que intentó contactarlo. Finalmente, fue detenido a tres cuadras del domicilio y su libertad condicional fue revocada; y su abogado planteó que si bien "se retiró del domicilio en el que había fijado su residencia con arreglo a la condición primera prevista en el art. 13, CP, por las razones expuestas en el decisorio recurrido, de ello no puede derivarse sin más, dadas las circunstancias de hecho de autos, el incumplimiento de dicha regla".

Los jueces Pablo Kantus, Mario Margariños y Alberto Huarte Petite le dieron la razón a la defensa y destacaron que "se pudo corroborar que pese a ello se mantuvo en las cercanías de dicha vivienda, y en tal inteligencia también puede señalarse que en ningún momento puso de manifiesto de modo inequívoco, en el breve lapso en que permaneció sin contacto con su lugar de residencia, su definitiva intención de no regresar a él y de sustraerse así al cumplimiento de la condición a la que se había comprometido".

En ese marco, los magistrados agregaron que "el lugar donde fuera detenido al día siguiente de que se retirase de su lugar de residencia se encuentra a no más de cien metros del referido domicilio, por lo que, tal como se dijo, no es posible sostener, ante tal cuadro de situación, que Salvi haya violado la obligación asumida al momento de concedérsele la libertad condicional en lo que a su residencia respecta".

Por todo lo expuesto, los camaristas pidieron que se emita una nueva decisión sin olvidar el pedido de la madre de que el hombre abandone la casa, dado que la convivencia se había tornado dificultosa y conflictiva; y "las dificultades con las que el liberado venía llevando a cabo su tratamiento psicoterapéutico para tratar su problemática adictiva".

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486