02 de Diciembre de 2024
Edición 7103 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/12/2024
"No se podía exigir un formalismo exagerado para investigar el hecho"

La violencia siempre se condena

El STJ de Corrientes confirmó el procesamiento de un hombre por lesiones leves a su pareja embarazada, en contra de la resolución de Cámara que consideró que el Ministerio Público Fiscal debió justificar su intervención ya que se trataba de un delito de instancia privada.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, por unanimidad, hizo lugar a un recurso interpuesto por el fiscal y confirmó el procesamiento de un hombre denunciado por su mujer en el 2018 por lesiones leves agravadas por el vínculo y violencia de género. El fallo fue suscripto por los jueces Alejandro Alberto Chain, Eduardo Gilberto Panseri, Guillermo Horacio Semhan y Fernando Augusto Niz y Luis Eduardo Rey Vázquez.

La Cámara de Apelaciones de Capital había dejado sin efecto ese procesamiento porque entendió que la Fiscalía, al tratarse de un delito de instancia privada, debía justificar su actuación de oficio y no lo hizo.

Los miembros del Tribunal validaron el procesamiento y señalaron que el razonamiento de la Cámara fue arbitrario, porque si bien el delito de Lesiones Leves es de instancia privada y la víctima no tuvo voluntad de que se siga investigando, mediaron razones de seguridad e interés público.

Los jueces explicaron que la ley señala que en estos delitos se podrá actuar de oficio “toda vez que media una razón de interés público, caso en el que cede la limitación de procedencia de la acción de oficio en razón de que el hecho excede el marco individual respecto de la víctima, siendo necesario para el orden y el bienestar de la sociedad el juzgamiento del hecho”.

En ese marco, recordaron que era ineludible que se tengan en cuenta los compromisos contraídos por el Estado argentino; la CEDAW y la Convención Belén do Pará respecto a que las causas que involucran cuestiones de género deben ser abordadas desde una perspectiva diferente.

“La perspectiva de género es un enfoque que nos permite apreciar cuestiones que alcanzan a hombres y mujeres y permite evidenciar que social y culturalmente a ambos se les ha asignado asimétricamente roles y atributos que han impactado en tratamientos desiguales en la sociedad, forjando tratos desventajosos y lugares vacíos de poder para la mujer”, detallaron los jueces.

Por lo tanto, "no se podía exigir un formalismo exagerado para investigar el hecho", como pretendió la Cámara, porque se enmarca dentro de la violencia de género, por lo que correspondió hacer lugar al recurso presentado por el fiscal y dejar firme el procesamiento del ahora imputado.

 

 

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