Una magistrada admitió una demanda contra un jefe municipal que utilizó su superioridad jerárquica para acosar durante meses a una empleada. El denunciado realizaba comentarios sexistas sobre la vestimenta y llegó a tocarla.
En autos "V., R. — Denuncia por violencia de género", el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió hacer lugar a la demanda incoada, y en su mérito tener por configurada una trama vincular de violencia de Género de tipo psicológica y sexual en la modalidad laboral.
El denunciado deberá abonar a la víctima $ 250.000, la que mediante retención directa de la empleadora, deberá ser descontada en 12 cuotas mensuales consecutivas.
La demandante (J.C.D) es profesora de educación física en la D. de D. de la Municipalidad de Córdoba. Decidió demandar a R.V., encargado del Area de E. D. y R. de la Subsecretaría de D. del municipio, por acosarla diariamente durante un largo período de tiempo.
El imputado realizaba comentarios sexistas sobre la vestimenta de J.C.D en frente de otros colegas y también a solas. Además, en una ocasión, llegó a darle un “chirlo” en la cola mientras ella caminaba por los pasillos.
En su presentación la accionante solicitó medidas de resguardo en su ámbito laboral a fin de no tener ningún tipo de contacto con el denunciado, como asimismo el cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia su persona.
La jueza María Soledad Vieites entendió que el imputado ocupaba un cargo que, en los hechos, era jerárquicamente superior al de la accionante, el que fue utilizado por el nombrado como una forma de ejercicio de poder y manipulación dada la función y los roles desempeñados por ambos en el área laboral compartida.
Asimismo, quedó asentado que entre los involucrados existió una relación asimétrica de poder, en la que V. se posicionó respecto a la mujer en el binomio superior/inferior, resultando C.D. víctima de violencia sistemática de tipo psicológica y acoso sexual, en el ámbito laboral.
Surge por parte de R.V., cierto y parcial reconocimiento de los hechos denunciados, minimizando los mismos
“De las conclusiones arrojadas por la intervención del Cuerpo Técnico surge por parte de R.V., cierto y parcial reconocimiento de los hechos denunciados, minimizando los mismos, justificándolos desde la confianza y la afinidad vincular” afirmó Vieites, motivo por el cual decidió admitir la demanda incoada.
La magistrada también resolvió exhortar a la Municipalidad de Córdoba a que incorpore a los Procesos de Gestión la perspectiva de género de manera trasversal, respecto a los contenidos, metodologías, comunicación, cumplimiento de la normativa, construcción global de la oferta formativa y la misma práctica institucional.