La Biblioteca Central del Poder Judicial de Corrientes solicitó que aquellos magistrados y funcionarios, que no hayan sido designados para ejercer funciones durante la feria o se ausenten de la ciudad, deberán devolver las obras en su poder, aunque el plazo no esté vencido. Todo ello de acuerdo a lo regulado por el art. 171, segunda parte del Reglamento Interno para la Administración de Justicia. Quedan exceptuados, aquellos libros cedidos en préstamo permanente. Las obras deben devolverse a las Bibliotecas Judiciales, antes del 22 de diciembre y la misma disposición rige para aquellos que cesen en sus cargos.