20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La Ley de Honorarios admite que la querella pague las costas

La víctima paga doble

La Justicia de Santa Fe ordenó a la familia de mujer asesinada a pagar las costas del juicio porque el femicida es “insolvente”. El caso generó revuelo y el Colegio de Abogados salió a explicar el por qué de la medida. 

La Justicia de Santa Fe condenó a la familia de Vanesa Castillo, una mujer asesinada, a abonar $457.000 en concepto de costas del juicio ya que el femicida se declaró "insolvente" y, en ese marco, la ley de honorarios profesionales prevé que se puede requerir el pago a la querella en estos casos.

La decisión causó rechazo y el Colegio de Abogados se hizo eco y explicó algunas cuestiones de la legitimidad de la Ley 12.851 de Honorarios Profesionales de Abogados y Procuradores de Santa Fe, y resaltó que "los honorarios tienen carácter alimentario, siendo el medio de subsistencia de los profesionales del derecho y sus familias".

En este caso, el estado provincial se hará cargo de los honorarios abogados que representaron a la querella en la causa penal y para los profesionales la decisión "genera un precedente a tener en cuenta para futuras situaciones similares de manifiesta injusticia, independientemente de la causa o de la materia de que se trate".

"Es menester resaltar que cuando una persona contrata servicios jurídicos, se configura una relación de mandato, a partir de la cual se le encomienda al profesional una gestión determinada. Quien presta un servicio privado, tiene derecho a percibir su retribución, más allá del éxito o no de la gestión", remarcó el organismo que nuclea a los letrados santafecinos.

Así ocurre cuando, por ejemplo, una víctima de accidente de tránsito es tratada en un centro de salud particular, debe afrontar los costos de atención, sin perjuicio de la ulterior acción que pueda ejercer contra el responsable del siniestro, agregó el Colegio y "en el trágico suceso de la maestra asesinada en Alto Verde, el condenado fue declarado insolvente. Ello conlleva a que, en principio, no pueda afrontar los costos del proceso".

En razón de tal circunstancia, la familia de la víctima debería hacerse cargo de los honorarios de los letrados que contrataron para su defensa.

En este caso, el estado provincial se hará cargo de los honorarios abogados que representaron a la querella en la causa penal y para los profesionales la decisión "genera un precedente a tener en cuenta para futuras situaciones similares de manifiesta injusticia, independientemente de la causa o de la materia de que se trate".

"Debemos resaltar que los insolventes condenados en costas no se liberan de su obligación, sino que, en el supuesto que en un futuro adquieran bienes o accedan a un trabajo registrado, los que afrontaron originariamente el pago, puedan accionar para recuperar la erogación. Lo expuesto tiene por objeto dignificar la labor profesional, afianzar su valor y defender el legítimo derecho de cualquier trabajador -abogado o no- de percibir, en tiempo oportuno, los honorarios y/o remuneraciones por la tarea cumplida", enfatizaron.

 

 

 

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