La Cámara del Crimen admitió el viaje a Brasil de un imputado por abuso sexual. El fallo ponderó que no había riesgos procesales porque "nuestro país posee diversos instrumentos específicos con Brasil que permitirían su extradición, y frente a su negativa, la posibilidad de juzgarlo en ese país".
En la causa “R. G., F. A. s/ abuso sexual”, la Sala 5 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, con el voto de los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Mariano A. Scotto, rechazó el recurso presentado por el representante del Ministerio Público Fiscal y.confirmó la resolución que autorizó al imputado a salir del país.
Conforme se detalla en la resolución, el hombre se encuentra imputado por abuso sexual y se le recibió declaración indagatoria, presentando un descargo, pero aún no se resolvió su situación procesal. Sin embargo, la fiscalía consideró que la salida del país acarreaba riesgo de fuga.
El Tribunal consideró que, en el caso, no se adviertían los peligros procesales invocados por la Fiscalía para oponerse a la autorización de salida del país de R. G.. "Se ha presentado cada vez que ha sido convocado por el tribunal y se ha comprometido a hacerlo mensualmente ante el Consulado Argentino de San Pablo, República Federativa de Brasil, por lo que entendemos que no existen elementos de peso que permitan sostener que con este viaje intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer el curso de la investigación" afirma la sentencia.
Llegado el caso, nuestro país posee diversos instrumentos específicos con Brasil que permitirían su extradición, y frente a su negativa, la posibilidad de juzgarlo en ese país, lo que desvanece el argumento en torno a la facilidad que tendría para evadir sus obligaciones procesales
A ello se adicionaba que la defensa del imputado acompañó constancias de atención médica que acreditan que éste se encuentra realizado un tratamiento por padecer HIV, y agregó que sus intenciones de viajar a país natal, no sólo responden al tratamiento de su enfermedad, sino que además adujo motivos familiares y laborales.
"En este punto, también cabe señalar que, llegado el caso, nuestro país posee diversos instrumentos específicos con Brasil que permitirían su extradición, y frente a su negativa, la posibilidad de juzgarlo en ese país, lo que desvanece el argumento en torno a la facilidad que tendría para evadir sus obligaciones procesales" afirmaron los jueces.
"Es por todo ello que entendemos que resulta correcto el temperamento adoptado por el juez a quo, por lo que corresponde homologar la decisión en crisis" concluyeron los magistrados.