El caso tiene su origen en una factura por valor de 1,4 millones de euros presentada por la mercantil U.T.E. Planta R.S.U. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo declaró que los gastos por los trabajos generados en la instrucción de un proceso penal, como la búsqueda en un vertedero de un cuerpo, restos y efectos de un delito, deben ser abonados por la Administración competente en materia de justicia, sin perjuicio de que dicha Administración pueda luego solicitar al órgano judicial su inclusión en las costas, sobre lo que habrá de resolver en atención a las circunstancias del caso.