20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Ni las billeteras virtuales se salvan

Ya se ejecutaron más de 125 embargos sobre contribuyentes morosos desde que la AFIP incorporó a los activos digitales al listado de cuentas afectables por deudas al fisco.

Los embargos sobre contribuyentes morosos que la AFIP realizaba se hacían hasta ahora sobre activos como cuentas bancarias, inmuebles y créditos, entre otros. Pero desde el pasado mes de febrero Agencia Federal de Ingresos Públicos agregó a las billeteras virtuales que hasta ahora se habían mantenido al margen del listado de activos embargables en el caso de deudas impositivas.

La AFIP lleva ejecutados más de 125 embargos de este tipo, con una recaudación de 44 millones de pesos, siempre con el aval judicial. La primera decisión en este sentido la llevó a cabo el Juzgado Federal de la Seguridad Social Número 10, que al obtener un resultado negativo del embargo general de fondos y valores bancarios, ordenó que se avance sobre los activos digitales. Diversos juzgados de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Tucumán, Salta, Entre Ríos, San Juan, Chubut y Santa Cruz también dieron el visto bueno para que la AFIP embargue activos digitales de los contribuyentes que acumulaban deudas con el fisco.

Para determinar sobre qué cuentas se solicitará la traba de embargos, AFIP obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes. No hay establecido un orden de prelación sobre con qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar judicialmente la traba de del embargo, pero la práctica muestra que se comienza con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando no hay cuentas bancarias tradicionales o el saldo disponible no es suficiente, se solicitan embargos sobre otros tipos de activos.

 

En octubre de 2020 la Cámara Civil y Comercial de Lomas de Zamora había revocado un fallo que no había accedido al embargo de una cuenta en Mercado Pago.


A causa del covid-19, las ejecuciones de deudas fiscales con la AFIP estuvieron suspendidas durante 19 meses, pero desde el pasado 1° de febrero, se iniciaron las ejecuciones fiscales a los contribuyentes con mayores deudas. Ahora se sumaron las billeteras digitales. 

Finalizada la suspensión por la pandemia, la AFIP identificó un universo de 9.800 contribuyentes morosos para los que seguirá solicitando a la Justicia la traba embargos sobre sus cuentas, incluidas las billeteras virtuales. Según el organismo adeudan unos $ 24.000 millones en impuestos impagos que pretenden cobrar. 

Fuera de lo que son las deudas fiscales, en octubre de 2020 la Cámara Civil y Comercial de Lomas de Zamora había revocado un fallo que no había accedido al embargo de una cuenta en Mercado Pago. Los camaristas consideraron que esas empresas, a través de las nuevas modalidades tecnológicas, pueden administrar e intervenir en la transacción de bienes, créditos, valores o activos de terceros y que sus saldos sí son embargables.

En Argentina existen alrededor de 24 millones de cuentas virtuales con CVU (igual que el CBU bancario tradicional), que a pesar de operar 100 % online igualmente están reguladas por el BCRA y son controladas por la Agencia Federal de Ingresos Públicos. Su uso en Argentina viene creciendo a pasos agigantados, algunas de las más utilizadas son Pago (Mercado Libre), Ualá, Ank (Banco Itaú), Cuenta DNI (Banco Provincia), BIMO (Grupo Clarín y Prisma), Todo Pago (Prisma), MODO (bancos públicos y privados), Yacaré y Cuenta Digital.

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AFIP fintech impuestos

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