La Procuración Penitenciaria de la Nación denunció que la ANSES incumple una sentencia donde se la obligó a que su personal concurra mensualmente a una unidad penitenciaria para garantizar que todas las madres detenidas accedan al derecho de cobrar la Asignación Universal por Hijo.
En la causa "INTERNAS DE LA UNIDAD Nº 31 SPF Y OTROS s/HABEAS CORPUS", el Juzgado Federal Criminal y Correccional de Lomas de Zamora Nº 1 oportunamente ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) la presencia periódica de su personal en la unidad para garantizar que las madres y embarazadas o alojadas junto a sus hijos menores accedan al cobro de la AUH.
El Juzgado también ordenó a la ANSES que solicite al sector que corresponda del Banco de la Nación Argentina la apertura de las cuentas bancarias de aquellas madres detenidas que cumplan con los requisitos legales para cobrar cualquiera de las asignaciones familiares prevista legalmente. La entidad bancaria debe informar los CBU correspondientes donde se realizarán los depósitos.
En la presentación, la procuración solicitó al juez que ordene a la ANSES instalar, en el plazo de 30 días, una oficina de ese organismo en forma permanente en la U31, por el lapso de un año (prorrogable), y que se le exija a ese organismo realizar sus visitas con una periodicidad al menos semanal, entre otras medidas concretas requeridas para garantizar el cumplimiento efectivo de lo ordenado oportunamente por la CFCP y la CSJN.
Ante el incumplimiento de lo dictado, la Procuración Penitenciaria de la Nación denunció que los informes de la ANSES tienen información confusa, imprecisa, incompleta y errónea, y que "hasta el momento ninguna madre detenida que trabaja cobra las asignaciones familiares que les corresponden a las personas que trabajan, contrariando el fallo de la CSJN".
"Tanto el SPF como la ANSES siguen exigiendo que las detenidas designen apoderados tanto para cobrar como para iniciar el trámite. A raíz de esa exigencia ilegitima, hay muchas mujeres detenidas que se vieron forzadas a designar apoderados y, consecuentemente, han sufrido el robo total o parcial del dinero liquidado y/o varios inconvenientes para usufructuar ese beneficio. Otras mujeres, directamente se han visto privadas de poder iniciar el trámite respectivo por no tener a nadie a quien nombrar", especificaron.
Por su parte, la ANSES argumentó que en virtud del artículo 12 del Código Penal, las madres condenadas tendrían la patria potestad suspendida, "lo cual les impediría acceder a las asignaciones familiares".
En la presentación, la procuración solicitó al juez que ordene a la ANSES instalar, en el plazo de 30 días, una oficina de ese organismo en forma permanente en la U31, por el lapso de un año (prorrogable), y que se le exija a ese organismo realizar sus visitas con una periodicidad al menos semanal, entre otras medidas concretas requeridas para garantizar el cumplimiento efectivo de lo ordenado oportunamente por la CFCP y la CSJN.