A través de la Resolución 304/22, el Superior Tribunal de Justicia del Chaco denegó un pedido realizado por 17 jueces y juezas de los fueros civil y comercial, laboral y niñez, adolescencia y familia de la primera circunscripción judicial, para que se limite el ingreso de escritos a través del sistema INDI a los días hábiles. Entre sus fundamentos, el Tribunal, sostuvo que aún cuando “el artículo 9 de la Ley 3.286-M establece, en lo que interesa, que ‘las presentaciones podrán ser efectuadas en cualquier día y hora’, mientras que el artículo 8 aclara que ‘los juzgados y tribunales no recibirán presentaciones en soporte papel’, salvo los supuestos allí previstos”; esto “no implica la plena aplicación del artículo u de la Ley 3.286-M, en relación a los escritos de inicio y demandas, los cuales deberán ser presentados en formato papel hasta tanto se restablezca el servicio IURE Demandas”.