A través del Acuerdo Nº 4061 la Suprema Corte dispuso que las inscripciones de los abogados para actuar como defensores y asesores de incapaces ad hoc ante la Justicia de Paz, se efectúen por medios electrónicos en el Colegio de Abogados Departamental en el que se encuentren matriculados. Dicha inscripción se realizará a través de un formulario único y estandarizado de declaración jurada que confeccionará y aprobará el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires. La inscripción estará abierta durante todo el año y tendrá una vigencia de un año renovándose automáticamente a su vencimiento, a menos que el abogado comunique su decisión de darse de baja con quince días corridos de anticipación. A su vez cada Colegio de Abogados Departamental confeccionará los listados de sus matriculados postulantes para ejercer dicha función en cada uno de los juzgados de paz de su departamento judicial. Las reseñadas y demás medidas dispuestas en la acordada se corresponden con la labor desarrollada por la Suprema Corte, el Ministerio Público y el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires tendiente a establecer mecanismos que faciliten un correcto desempeño de las funciones propias que le caben a cada institución a través de la utilización de herramientas tecnológicas de gestión judicial.