Bajo los lineamientos que promueve el nuevo Código Procesal Penal Federal, Casación celebró este miércoles la audiencia de revisión en el marco de la causa por el robo de caños del Gasoducto GNEA. Por primera vez se propuso y aceptó la declaración de un testigo propuesto por una de las defensas ante los magistrados a cargo de la revisión de la sentencia.
La Cámara Federal de Casación Penal El tribunal celebró este miércoles la audiencia de revisión en el marco de la causa por el robo de caños del Gasoducto GNEA y adelantó que revisará absoluciones y condenas de más de 6 años dictadas por el tribunal oral de Salta conforme el nuevo Código Procesal Penal Federal.
El Tribunal integrado por Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos escuchó los argumentos contra la sentencia que condenó al ex intendente de la localidad salteña de Aguaray, Jorge Enrique Prado a 6 años y 6 meses de prisión y a los empresarios Diego Andrés Alos y Adrián Antonio Vera a 6 años y 3 años y 8 meses de prisión, respectivamente.
Por su parte, la acusación (representada por el Ministerio Público Fiscal y la querella) solicitó que se revoquen las absoluciones y se agraven las penas impuestas a los ya condenados.
La audiencia celebrada hoy en Comodoro Py se enmarcó en los lineamientos que promueve el nuevo Código Procesal Penal Federal, que enaltece los principios de oralidad, inmediación, publicidad y de claro tinte acusatorio. Por primera vez se propuso y aceptó la declaración de un testigo propuesto por una de las defensas ante los magistrados a cargo de la revisión de la sentencia.
Dicho gasoducto fue declarado de interés público y concesionado para su realización a la empresa ENARSA, hoy IEASA, con la finalidad de transportar gas desde Bolivia a Argentina, obra que según afirmó la acusación que representa la querella asciende a un monto de $ 2.000.000.000 y beneficiaría a 1.700.000 habitantes de las zonas aledañas al trazado de la obra.
La audiencia celebrada hoy en Comodoro Py se enmarcó en los lineamientos que promueve el nuevo Código Procesal Penal Federal, que enaltece los principios de oralidad, inmediación, publicidad y de claro tinte acusatorio. Por primera vez se propuso y aceptó la declaración de un testigo propuesto por una de las defensas ante los magistrados a cargo de la revisión de la sentencia.
Las partes realizaron todas las consideraciones que estimaron pertinentes y la audiencia finalizó con la palabra de las defensas –con el objeto de mejor asegurar su adecuado ejercicio del derecho de defensa-, luego de lo cual el tribunal pasó a deliberar para dictar en tiempo oportuno la respectiva sentencia.