Un juzgado de Morón homologó un acuerdo donde un grupo de jóvenes privados de la libertad que produjeron daños en el pabellón en el que estaban alojados ofrecieron dinero y la realización de un curso como compensación.
El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Morón N°3 homologó el acuerdo de conciliación y ordenó a las partes la acreditación mensual de los pagos y la asistencia a un curso propuesto por la defensa de un grupo de hombres privados de su libertad que causaron destrozos en su pabellón.
Según se desprende del fallo, los involucrados ofrecieron abonar sumas que van desde los $2.000 hasta los $4.000 y prestaron conformidad para que esa suma sea descontada del peculio que recibe por su desempeño laboral en la unidad que lo aloja. También se ofrecieron a realizar un curso virtual que será brindado por la asociación "Víctimas por la Paz" y se denomina "Encuentros Para el Diálogo Restaurativo".
El fallo explicó que la reparación del daño que se propone por acuerdo de partes, "amén de tornar efectiva la aplicación de la ley penal más benigna, "es lo que mejor articula el 'principio pro-homine' que implica privilegiar la interpretación legal que más derechos acuerde al ser humano frente al poder Estatal".
El juzgado detalló que la reparación del daño que "es innegable su benignidad para el imputado. En efecto, si bien esta reforma se engloba en lo que se denomina “justicia restaurativa” y tiene como eje y centro a la víctima del delito, es evidente que la posibilidad para el imputado de extinguir la acción emergente del delito por la reparación del daño y/o conciliación, lo coloca en una mejor situación procesal que, de adverso, debería enfrentar un debate oral y la posibilidad de sufrir una pena de encierro de efectivo cumplimiento".
"El acuerdo conciliatorio presentado por las partes respecto al hecho que fuere calificado como constitutivo del delito de daño resulta racional, por lo cual corresponde su homologación", afirmó el magistrado.
Para ello, "se tiene en especial consideración la voluntad expresada por la Interventora del Servicio Penitenciario Federal y los apoderados de dicha entidad, quienes aceptaron el ofrecimiento prestado, a fin de resarcir los daños ocasionados por los aquí imputados".
Además, "se considera que el monto dinerario acordado para la restauración del perjuicio producido resulta proporcional, tanto en relación al daño causado, como a las posibilidades económicas de los causantes", agregó.
El fallo explicó que la reparación del daño que se propone por acuerdo de partes, "amén de tornar efectiva la aplicación de la ley penal más benigna, "es lo que mejor articula el 'principio pro-homine' que implica privilegiar la interpretación legal que más derechos acuerde al ser humano frente al poder Estatal".