02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Contra la asociación ilícita

Un camarista federal aseguró que la figura penal de asociación ilícita “afecta el principio de legalidad”, se pronunció contra su “uso abusivo” y abogó por su inconstitucionalidad afirmando que se trata de “una nueva inquisición”.

 
El integrante del Tribunal Oral Federal 1 Martín Federico, se pronunció en la causa 566, a favor de la inconstitucionalidad del artículo 210 del Código Penal, que consagra el delito de asociación ilícita, al votar por la absolución de cuatro personas que habían llegado a juicio oral acusados de formar parte de una banda de falsificadores.

En un extenso voto, Federico coincidió con el voto absolutorio de sus colegas Mario Costa y Jorge Gettas, pero incorporó sus propios argumentos para pronunciarse por la inconstitucionalidad de la norma, que puso en prisión, entre otros, al ex presidente Carlos Menem durante cuatro meses, en 2001.

“No puedo dejar de hacer una reflexión sobre la indeterminación del tipo penal” de la asociación ilícita, explicó Federico, para pronunciarse luego contra el “uso abusivo” de esta figura a la que consideró como “mal nacida”.

“Estamos ante una ley mal nacida que tuvo su origen en un atentado anarquista que tuviera como blanco el Teatro Colon en 1910 y que pese a la prudencia con que fue aplicada por los tribunales nada pudo disimular la pretensión aviesa de incluir como delitos comunes las violaciones a la ley que presentaban una innegable raíz política”, indicó el camarista.

Además, Federico asegura que “posteriormente se fue generalizando la utilización de esta figura como instrumento de persecución política” y postula que “la situación se ha agravado significativamente en los últimos tiempos”.

“Estamos ante una ley penal en blanco, que pareciera no ser más que el comodín normativo disponible para cuando no se encuentra ninguna tipificación posible de una conducta delictiva. Nada más contrario al principio de legalidad que consagra nuestro artículo 18 de la Constitución Nacional”, indicó el juez, que reiteró así una posición contraria a la norma que ya había planteado en voto anteriores, recordó.

“Una nueva inquisición se presenta ante nuestros ojos y de allí en más se irá judicializando la política, la economía y la cultura pues todo el poder a los jueces será la divisa que más claramente se nos presenta cuando el juez deja de ser el que aplica lo que la ley dice, para pasar a decir lo que la ley dice según lo que él dice que dice”, manifestó el juez Federico en su fallo, buscando el trabalenguas.

Con su extenso voto, el camarista coincidió con sus colegas Costa y Gettas, y por una unanimidad dispusieron así la absolución de Pablo Giraudi, Pablo Grau, Juan Carlos Videla y Adrián Amodo, quienes habían llegado a juicio acusados de integrar una banda que cometió los delitos de “falsificación de documentos públicos en concurso ideal con defraudación contra la administración pública”.

Los otros jueces, en especial Costa, también coincidieron en fustigar la figura de la asociación ilícita, aunque sólo por su aplicación en este caso y no por sus alcances generales, como sí planteó Federico.

“El esquema planteado por la acusación se limitó a señalar que el vínculo entre los imputados que nos ocupan pasaba por la comisión de delitos, sin las necesarias previsiones acerca de la consolidación asociativa o la división del trabajo observada por sus integrantes”, opinó en su voto el camarista Costa.



dju / dju
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