20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Amparo ambiental

Sin información no se puede cosechar

Un juez Mar del Plata suspendió el uso del trigo transgénico resistente a sequía en provincia de Buenos Aires, ante la falta de estudios que den precisiones sobre el impacto ambiental de su utilización. "Su liberación y uso en el ambiente natural y cultural bonaerense, importaría para la parte un daño grave e irreversible en el ambiente y la salud humana", remarcó el fallo,

El Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Mar del Plata ordenó la "prohibición temporal en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires del uso y liberación a cielo abierto de la variedad exótica de Trigo Modificado Genéticamente IND-00412-7", conocido como transgénico resistente a la sequía.

El juez Néstor Salas hizo lugar al amparo colectivo promovido por distintas organizaciones, entre las que se encuentran comunidades indígenas, asambleas de Pueblos Fumigados y emprendimientos de la agricultura familiar, y prohibió la utilización del "Trigo HB4", que había sido aprobado en 2020 por la Secretaría de Alimentos y Bio-economía del Ministerio de Agricultura de la Nación.

 

"Lo cierto es que si se libera el material en territorio bonaerense, siendo este el primer evento genético que se aplicará a la semilla de trigo, podrá importar el cruzamiento del material con trigo no modificado genéticamente de forma irreversible, lo que surge de la información aportada por la actora", sostiene el fallo.

 

El magistrado explicó que la restricción será "hasta tanto se implemente la Comisión de Biotecnología y Bioseguridad Agropecuaria en el ámbito provincial, coordinada por el Ministerio de Gobierno, con el objeto de elaborar un informe con sus recomendaciones, respecto a la introducción y liberación de material transgénico y anabólicos, sus efectos en los recursos naturales, la salud y la producción y la comercialización, conforme lo edicta la Ley 12.822".

"Más allá de las atribuciones competenciales con los que cuenta la secretaría de Alimentos y Bio-economía del Ministerio de Agricultura para la autorización en la liberación comercial de un Organismo Vegetal Genéticamente Modificado, es que tengo por acreditada la exigencia del peligro en la demora, correspondiendo a hacer lugar en consecuencia a la medida cautelar solicitada por el frente activo, bajo la correspondiente contracautela juratoria", sostuvo el juez.

Para el juez, "su liberación y uso en el ambiente natural y cultural bonaerense, importaría para la parte un daño grave e irreversible en el ambiente y la salud humana".

"Lo cierto es que si se libera el material en territorio bonaerense, siendo este el primer evento genético que se aplicará a la semilla de trigo, podrá importar el cruzamiento del material con trigo no modificado genéticamente de forma irreversible, lo que surge de la información aportada por la actora", sostiene el fallo.

 

 

 

 


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