20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La causa se definió en un año

El abigeato se paga con cárcel

El STJ de Corrientes dejó firme el fallo que condenó a cuatro años de prisión a un hombre por el delito de Abigeato Agravado, dado que como capataz de la hacienda donde trabajaba "debía cuidar los animales, no robarlos".

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó el recurso de casación presentado por la defensa particular de un hombre condenado a cuatro años de prisión por el delito de Abigeato Agravado, dado que como capataz de la hacienda "debía cuidar los animales, no robarlos".

La totalidad de la causa se tramitó bajo en nuevo Código Procesal Penal, lo que permitió que el problema que se planteó en abril de 2021 y fue denunciado en junio de ese año, en poco más de un año tenga sentencia definitiva.

El fiscal para acusar al condenado tuvo por probado que el dueño de la hacienda denunció que en abril de 2021 faltaron 21 animales de distintas características en su propiedad. PRIAR (policía rural) inició una investigación y al cabo de tres allanamientos se recuperaron 11 animales en el domicilio del condenado.

 

Uno de los testigos aseguró que el ex capataz le vendió un animal que no era de su propiedad y él lo compró para poder alimentar a su hijo.

 

Los jueces recordaron que el delito está previsto y penado por el artículo 167 quater, inciso 4 del Código Penal que se refiere al agravante de la participación en el hecho de "una persona que se dedique a la crianza, cuidado, faena, elaboración, comercialización o transporte de ganado o de productos o subproductos de origen animal".

Para los jueces Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Panseri, Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chaín, las pruebas muestran que el condenado se apoderó ilegítimamente de ganado vacuno, equino y porcino que debía atender por ser parte de sus labores.

Uno de los testigos aseguró que el ex capataz le vendió un animal que no era de su propiedad y él lo compró para poder alimentar a su hijo.

El primer agravio de la defensa se basó en que se dictó una sentencia condenatoria sin tener en cuenta las dudas de la investigación. En segundo lugar, cuestionó que se diga que no se planteó la falsedad del testimonio de quien dijo que el condenado le vendió un animal robado, cuando la defensa lo hizo, pero el magistrado lo omitió. Finalmente, rechazó que la pena sea efectiva y no condicional.


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