La Cámara del Crimen revocó un fallo que le denegó a una mujer detenida con prisión domiciliaria, cuya única fuente de recursos es la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la "Tarjeta Alimentar", la autorización de una salida excepcional para poder cobrar los beneficios.
En la causa "D. G. s/autorización salida", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional autorizó a una mujer con prisión domiciliaria a salir para poder cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) y realizar una compra con la Tarjeta Alimentar, ya que se trata de la única sosten del hogar.
La mujer explicó que extravió la tarjeta magnética que utilizaba para cobrar dichos haberes y que no cuenta con autorización judicial para poder retirar una nueva en la sucursal del banco del que es clienta, no estaba contando con esas sumas de dinero.
"Ni para mi ni para mis hijos me dieron el arresto para cuidarlos, pero así no los puedo cuidar, es desesperante. Lo único que pido hoy es que me dejen ir a retirar la tarjeta del banco para poder cobrar lo que les corresponde a mis hijos, tengo dos pagos retenidos", agregó la mujer.
En ese marco, la justicia ponderó el relató que realizó a la trabajadora social, donde detalló que "algunos amigos me trajeron plata los primeros días o algo para comer porque saben lo que estamos pasando, pero tampoco pueden mantenernos, me cortaron la luz hace dos semanas por una deuda de $40.000 pesos y pobre M., se acercó a Edesur para pedir un plan de pagos, pero no podemos pagar nada… esto no es vida".
"Ni para mi ni para mis hijos me dieron el arresto para cuidarlos, pero así no los puedo cuidar, es desesperante. Lo único que pido hoy es que me dejen ir a retirar la tarjeta del banco para poder cobrar lo que les corresponde a mis hijos, tengo dos pagos retenidos", agregó la mujer.
El tribunal integrado por Pablo Guillermo Lucero y Magdalena Laíño, teniendo en cuenta el carácter alimentario que reviste el cobro de la asignación familiar a la que hace referencia, tanto para ella como para su grupo familiar, ordenó al juzgado de origen que, en coordinación con la defensoría oficial, se tramite un turno para que en un día y horario específico la mujer concurra a la sucursal del banco.
De esta manera, los camaristas revocaron la sentencia de grado que no permitió la salida y ordenó arbitrar los medios necesarios para que cumpla con la totalidad de los trámites pendientes a efectos de solucionar la situación expuesta.