20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La reforma de la Corte dio el primer paso

Con los votos justos, el Senado dio media sanción al proyecto de reforma de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin apoyo de la oposición, el oficialismo debió consensuar cambios como el número de miembros: de 25 a la iniciativa original, acordaron reducirlo a 15. 

Con 36 votos a favor y 33 en contra, el Senado de la Nación le dio media sanción al proyecto para reformar la Corte Suprema y elevar el número de miembros a 15.

Si bien el proyecto original que se debatió en Comisiones contemplaba una ampliación de cinco a 25 miembros, el oficialismo tuvo que modificar la redacción del texto, tras el pedido de senadores aliados como Adolfo Rodríguez Saá, Alberto Weretilneck y Clara Vega, para lograr los votos necesarios para su aprobación.

De esta manera, el proyecto pasó ahora a la Cámara de Diputados donde peligra su aprobación por falta de acuerdos, tal como pasó con la intención de reforma del Ministerio Público Fiscal. La oposición ya declaró públicamente no que acompañará la iniciativa. 

La sesión comenzó a las 14.46 con 37 senadores del oficialismo y aliados presentes en el recinto, mientras que la bancada de Juntos por el Cambio no prestó quórum y bajó al recinto minutos después de que el oficialismo consiguió el número necesario para debatir.

 

El proyecto establece además que el Senado deberá prestar acuerdo a otros 21 integrantes propuestos por el Poder Ejecutivo, tal como lo establece la Constitución Nacional, respetando la designación de los actuales cuatro miembros: Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, aunque no se cuenta la vancate que dejó Highton de Nolasco.

 

El encargado de abrir el debate fue el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales Guillermo Snopek, quién aseguró que el proyecto "tuvo un debate serio, sincero y plural durante 6 meses en 4 reuniones plenarias donde concurrieron 19 especialistas y 7 gobernadores, quienes trajeron la voz de 16 gobernadores que suscribieron la necesidad de una reforma de esta Corte".

"El número original generó discusiones internas que son propias de los debates", explicó el senador sobre la avanzada de la posibilida de los 15 miembros y aseguró que "esta pluralidad generó que la integración sea con 15 miembros y, en este efecto, establecer una paridad con ocho jueces o juezas que deben ser del mismo género". 

El proyecto establece además que el Senado deberá prestar acuerdo a otros 21 integrantes propuestos por el Poder Ejecutivo, tal como lo establece la Constitución Nacional, respetando la designación de los actuales cuatro miembros: Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz.

El primer artículo del texto, no obstante, sostiene que en una futura "ley especial" se definirá "el modo de organización y funcionamiento" del Máximo Tribunal del país. 

Asimismo, sostiene que la Corte actuará en plenario en los asuntos en que tiene competencia originaria”, mientras que “para el resto de los casos, la Corte funcionará en 5 salas integradas por 3 magistrados, elegidos por sorteo para resolver en cada caso que llegue a conocimiento de la Corte, no pudiendo el presidente integrar ninguna de las mismas", se detalla en el texto, al tiempo que "sus decisiones se adoptarán por el voto de la mayoría absoluta de los miembros que integran la sala". 

En ese marco, la iniciativa original agrega que "los Presidentes de Sala podrán convocar a tribunal pleno cuando consideren conveniente fijar la interpretación de la ley o la doctrina aplicables y deberán convocar al pleno cuando puedan producir una resolución contraria a la adoptada en una o más causas anteriores por otra Sala o por la Corte en pleno".

"Al dictar el Reglamento pertinente, se podrá contemplar: el sorteo público y transparente de los integrantes de cada sala; el sorteo público y transparente de reemplazos en caso de licencia, remoción, excusación o vacancia; un mecanismo por el que el Presidente de Sala o el Presidente de la Corte puedan convocar al tribunal pleno, previo al dictado de la sentencia, a fin de evitar posibles sentencias contradictorias", añade la iniciativa.

En otro de sus considerandos, el proyecto indica que "la presidencia será ejercida por un período de un año" y "no podrá elegirse un presidente de la misma región en forma consecutiva". 

Por otra parte, también plantea la creación de un mecanismo "ágil y de fácil acceso a la información para la consulta de los precedentes dictados, tanto por los miembros de la Corte como por el público en general; plazos acordes a los principios de celeridad y eficiencia a los fines de garantizar una tutela judicial efectiva; y cualquier otra actividad acorde a la transparencia y celeridad en el proceso de resolución de causas, conforme las atribuciones propias del artículo 113 de la Constitución Nacional".

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