10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024

A modernizar la ley laboral

El Poder Judicial de Río Negro debate un proyecto para actualizar la ley de procedimientos en materia laboral, donde se destaca la digitalización plena del expediente, el uso de la firma digital y mecanismos específicos para juzgar el acoso y la violencia en el trabajo. 

El Poder Judicial de Río Negro junto a miembros de la Legislatura y el Colegio de la Abogacía avanzó en el debate de la actualización de la ley de procedimiento laboral.

Entre otros puntos, el proyecto apunta a la digitalización plena del expediente, el uso de la firma digital, las audiencias virtuales, el modelo de oficina judicial y la conciliación.

El proyecto de reforma busca “uniformar” todo el procedimiento a nivel provincial, explicó el legislador Lucas Pica y explicó que ya hubo “experiencias piloto” en las cuatro circunscripciones que se fueron implementando a través de acordadas del Superior Tribunal de Justicia. 

 

El proyecto también prevé otros procedimientos especiales, como por ejemplo los despidos incausados en los que el trabajador o la trabajadora pretende solamente discutir el monto de la indemnización.

 

En esta instancia, la comisión interpoderes pretende incorporar a la ley provincial 1.504 esas cuestiones ya “probadas” en las ciudades cabeceras. El proyecto incorpora la digitalización total del proceso, que se aceleró durante la pandemia, el uso del sistema informático Puma, la firma digital y las audiencias virtuales.

Asimismo, la conciliación laboral previa, que ya es obligatoria en las cuatro circunscripciones.

Además tiene un capítulo especial para otorgarle un procedimiento provincial a la ley nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

El artículo 22 de esa norma establece respecto de la competencia que “entenderá en la causa el/la juez/a que resulte competente en razón de la materia según los tipos y modalidades de violencia de que se trate. Aún en caso de incompetencia, el/la juez/a interviniente podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente”.

Para los casos de violencia o acoso laboral la competencia recae ante las Cámaras del Trabajo. En ese aspecto la nueva ley incorporará la forma de abordar esos procesos a nivel provincial.

El proyecto también prevé otros procedimientos especiales, como por ejemplo los despidos incausados en los que el trabajador o la trabajadora pretende solamente discutir el monto de la indemnización.

 


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