20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Nueva Acordada

Las reglas de la feria bonaerense

La SCBA dictó una nueva resolución sobre presentaciones no urgentes durante el receso de enero. Qué ocurrirá cuando se superen los 120.000 escritos y cuáles serán las cargas de los abogados, los aspectos más importantes.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires estableció, a través de la Resolución SC Nº 3037/22, que cuando el número de presentaciones por medios electrónicos no urgentes recibidas durante la próxima feria judicial del mes de enero supere las 120.000, operará de manera automática el diferimiento para el cómputo del plazo establecido.

Este será, para el proveimiento o dictado de resoluciones en un día. Y por cada 120.000 adicionales, se actuará de igual manera, agregándose un día de prórroga hasta un máximo de tres días de diferimiento.

 

Las presentaciones que se identifiquen con solicitud de habilitación de feria serán visualizadas de manera destacada en el módulo que disponen los organismos para descargarlas. Los órganos judiciales solo tendrán el deber de proveer durante la feria las presentaciones recibidas bajo dicha condición.

 

El plazo de postergación resultante de lo establecido en el párrafo precedente se calculará sobre la base del total de presentaciones no urgentes realizadas ante todos los órganos pertenecientes a la jurisdicción Administración de Justicia, y será establecido por resolución de la Presidencia del Tribunal y publicado en la página web del Poder Judicial.

En torno a lo dispuesto se requiere a los órganos judiciales que, durante dicho plazo, arbitren las medidas de gestión más adecuadas para la organización y ejecución eficiente de las tareas de revisión, descarga y proveimiento.

A la vez, se reitera lo dispuesto con relación a la carga que tienen los abogados de indicar en el portal de Presentaciones y Notificaciones electrónicas si la presentación realizada durante la feria judicial ha sido efectuada con solicitud de habilitación de la misma para su urgente tratamiento.

En ese marco, el sistema generará un aviso automático que informará, a quien realice la presentación, la condición bajo la cual fue efectuada.

Las presentaciones que se identifiquen con solicitud de habilitación de feria serán visualizadas de manera destacada en el módulo que disponen los organismos para descargarlas. Los órganos judiciales solo tendrán el deber de proveer durante la feria las presentaciones recibidas bajo dicha condición.
 

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