20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Amparo ambiental

A plantar árboles sin demora

En el medio de la feria, el STJ de Entre Ríos confirmó que el municipio de Victoria deberá reforestar un sector ribereño que había sido talado para que un privado desarrolle allí un emprendimiento turístico. Además se le impusieron astreintes por cada mes de retraso.

La sala de feria del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos confirmó que el municipio de Victoria reforestar un sector ribereño que había sido talado para que un privado desarrolle allí un emprendimiento turístico.

La decisión lleva la firma de los jueces Germán Carlomagno, Claudia Mizawak y Gisela Schumacher, en el marco de los autos “Reggiardo Carlos Guillermo c/ municipalidad de Victoria s/ acción de amparo”.

Los jueces rechazaron el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia, aunque se revocó la la imposición de astreintes por cada mes de retraso en el cumplimiento.

 

En la instancia anterior se condenó al municipio a la reforestación y parquización mínima con 65 especies arbóreas, teniendo especialmente en cuenta la continuidad total de la longitud del corredor biológico.

 

En el caso se promovió una acción de amparo ambiental, persiguiendo que se le ordene la reposición de las especies taladas en la zona del balneario municipal. En el lugar se utilizaron máquinas retroexcavadoras haciéndose movimientos de suelo, se eliminó la vegetación original y se talaron árboles de manera indiscriminada, según se desprende de la causa.

En tal sentido, el amparista afirmó que “se dejó librada a la voluntad posterior la forestación sin precisiones ni un proyecto específico” y que se menoscabó el ambiente sano y sustentable.

En la instancia anterior se condenó al municipio a la reforestación y parquización mínima con 65 especies arbóreas, teniendo especialmente en cuenta la continuidad total de la longitud del corredor biológico.


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