La Corte declaró la competencia de la justicia federal para intervenir en una querella iniciada por el intendente de San Nicolás, Manuel Passaglia, contra el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, por declaraciones donde lo involucró con los incendios en el Delta.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la competencia de la justicia federal para intervenir en una querella iniciada por el intendente de San Nicolás de los Arroyos, Manuel Passaglia, contra el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, a raíz de declaraciones realizadas en el marco de los incendios en el Delta del Paraná.
Se trata de la causa "Passaglia, Manuel y otro s/ querella", donde el intendente inició una acción penal a raíz de las afirmaciones formuladas por el ministro en un programa televisivo, en el que acusó, entre otros, a Passaglia por los incendios intencionales en el Delta del Paraná.
El Máximo Tribunal destacó que los dichos de Cabandié fueron vertidos durante la vigencia de su cargo como ministro a través de un medio de comunicación masivo, y que estaban relacionados con cuestiones ambientales propias de la cartera ministerial que él dirigía.
Tanto la justicia nacional como la federal se declararon incompetentes para intervenir en la causa. La primera entendió que se estaba frente a uno de los casos previstos en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, por encontrarse imputado un funcionario del gobierno federal. La segunda, que no había interés federal en el conflicto planteado entre los funcionarios.
Analizado el caso, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti explicó que "en los casos que involucran a un funcionario federal, la competencia del fuero de excepción solo se halla justificada cuando los hechos aparecen vinculados al desempeño de sus funciones como tal".
En este sentido, "atento el tenor de las afirmaciones que el querellante le atribuye al imputado, no puede descartarse que se vinculen con el desempeño de sus funciones como Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible", agregaron los juristas.
El Máximo Tribunal destacó que los dichos de Cabandié fueron vertidos durante la vigencia de su cargo como ministro a través de un medio de comunicación masivo, y que estaban relacionados con cuestiones ambientales propias de la cartera ministerial que él dirigía.
En consecuencia, "no puede descartarse la afectación de intereses federales debido a la función pública del querellado", se lee en el fallo, motivo por el cual deberá intervenir el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°9.
Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, al considerar que el conflicto de competencia debe resolverlo la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal