La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el rechazo al amparo impulsado por Jorge Javier Bustos Fierro y Cecilia Irene Ursi, en representación de su hijo menor, para la cobertura del 100% de trasplante de células hematopoyéticas en el “Health Fairview Center for Pediatric Bone Marrow and Transplantation de la Universidad de Minnesota”, a cargo de OSDE y del Estado Nacional.
Hace pocas semanas, el Juzgado Federal de Córdoba 2, a cargo del juez Alejandro Sánchez Freytes, había rechazado el pedido, ya que el tratamiento se realiza en diferentes hospitales del país.
La familia se volvió conocida tras la colecta denominada "Un milagro para Agustín", en 2011. Por aquel entonces, dos de sus hijos –quienes fueron diagnosticados con Adrenoleucodistrofia (ALD)-, viajaron a los Estados Unidos para someterse a una operación, luego de recaudar el dinero a través de una campaña solidaria que incluyó a muchos famosos.
Pero otro de sus hijos también requiere un trasplante de células hematopoyéticas (TCH). Para ello solicitaron a OSDE y el Estado Nacional la cobertura del tratamiento en el Centro de Salud “Health Fairview Center for Pediatric Bone Marrow and Transplantation de la Universidad de Minnesota”, incluyendo además costos de traslados, estadía y viáticos.
Sin embargo, el Tribunal de Alzada también consideró que el procedimiento prescripto al menor “es factible de realizarse en la República Argentina” con cobertura del 100% conforme ha ofrecido OSDE.
De este modo, los magistrados arribaron a la misma conclusión que el juez de primera instancia en el sentido de que “no hay argumentos médico-científicos de peso que justifiquen la cobertura” en Estados Unidos, y que para “apartarse de los prestadores de cartilla y más aún ordenar la cobertura de una prestación en el exterior es indispensable una fundamentación médicocientífica que no admita fisuras”.
“Y si bien es posible que la casuística del Health Fairview Center for Pediatric bone marrow and transplantation de la Universidad de Minnesota” EE.UU sea mayor que la de los profesionales e instituciones que hay en nuestro país, esto de ninguna manera implica que estos últimos no resulten aptos o idóneos para realizarla en nuestro territorio”, dijeron los camaristas Graciela S. Montesi y Eduardo Avalos.
De este modo, los magistrados arribaron a la misma conclusión que el juez de primera instancia en el sentido de que “no hay argumentos médico-científicos de peso que justifiquen la cobertura” en Estados Unidos, y que para “apartarse de los prestadores de cartilla y más aún ordenar la cobertura de una prestación en el exterior es indispensable una fundamentación médicocientífica que no admita fisuras”.