20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

El miedo importa

Casación rechazó el pedido de excarcelación de un hombre condenado por trata, luego que una de sus víctimas declaró tener miedo a posibles represalias. Además del testimonio, se tuvo en cuenta el incumplimiento de la orden de restricción.

En la causa “Pérez, Sebastián Alejandro s/recurso de casación”, la Cámara Federal de Casación rechazó el pedido de excarcelación de un hombre condenado por explotación sexual, ya que una de sus víctimas manifestó sentir “temor a posibles represalias”. 

Luego de analizar “detenidamente lo informado por el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata, en torno a lo expuesto por la víctima”, el Tribunal integrado por Carlos Mahiques, Daniel Petrone y Angela Ledesma

 

 

El fallo tuvo en cuenta "la situación de violencia de género que incluso en la actualidad sufre A.S.L.", a lo que sumó el incumplimiento previo del imputado de la restricción de acercamiento a la mujer y sus hijos dispuesta por un juzgado de Lomas de Zamora.

 

 

La mujer, quién durante un tiempo fue pareja del condenado y luego comenzó a explotarla sexualmente, declaró el "terror que le genera el imputado y su temor a posibles represalias atento a que sufrió amenazas de parte del hermano del acusado".

En ese marco, los camaristas sostuvieron que “surge que la damnificada denunció oportunamente al imputado por hechos de violencia de género, por amenazas de muerte a ella y a su hija”. 

El fallo tuvo en cuenta "la situación de violencia de género que incluso en la actualidad sufre A.S.L.", a lo que sumó el incumplimiento previo del imputado de la restricción de acercamiento a la mujer y sus hijos dispuesta por un juzgado de Lomas de Zamora.

Además de rechazar el recurso, los magistrados resolvieron que el detenido continúe con un tratamiento terapéutico en el ‘Programa Específico de Tratamiento para Agresores de Violencia de Género en Contexto de Encierro’, y que se arbitren los medios para que realice en la cárcel un curso "sobre capacitación y sensibilización en género y violencia".

Para los jueces “no se verifica en el caso, ni el recurrente logró demostrar, la existencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte el razonamiento expuesto en el resolutorio”.

 

 

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