20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Techo para la menor cuantía

El STJ de Río Negro modificó el monto máximo previsto para los procesos de menor cuantía para todos los Juzgados de Paz de la provincia. Los nuevos valores que regirán desde el 1 de diciembre.

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Río Negro modificó el monto máximo previsto para los procesos de menor cuantía, llevándolos a 750 mil pesos para todos los Juzgados de Paz de la provincia. 

Asimismo, dispuso que el monto máximo para los juicios ejecutivos sea de 375 mil pesos en los Juzgados de Paz. Los cambios se aplicarán desde el 1 de diciembre.

 

 

Los procesos de menor cuantía se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. 

 

 

Por medio de la Acordada 21/23, el STJ fijó los nuevos montos máximos. Junto con la menor cuantía y los juicios ejecutivos también se actualizó el tope de los procesos sumarísimos en un millón y medio de pesos. Para recurrir, en el caso del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial se tomará como monto el de los juicios ejecutivos.

En el caso del artículo 299 del Código Procesal Civil y Comercial se tomará la suma de 300 mil pesos como monto para el recurso de queja por casación denegada.

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz. El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

El Poder Judicial rionegrino tiene 49 Juzgados de Paz, extendidos en todo el territorio provincial. Constituyen, en muchos casos, la opción más cercana de los ciudadanos a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.

Los procesos de menor cuantía se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. 

El trámite es gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa. Los juicios que quedan excluidos son los de sucesión, familia, laborales y desalojo.


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