22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Arriba la menor cuantía

Teniendo en cuenta el contexto inflacionario, el STJ de Río Negro actualizó el monto máximo previsto para los procesos de menor cuantía, llevándolos a 750 mil pesos para todos los Juzgados de Paz de la provincia. Los nuevos valores.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro modificó el monto máximo previsto para los procesos de menor cuantía, llevándolos a 750 mil pesos para todos los Juzgados de Paz de la provincia. 

También dispuso que el monto máximo para los juicios ejecutivos sea de 375 mil pesos en los Juzgados de Paz. Junto con la menor cuantía y los juicios ejecutivos se actualizó el tope de los procesos sumarísimos en un millón y medio de pesos.

Para recurrir, en el caso del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial se tomará como monto el de los juicios ejecutivos.

 

Los procesos de menor cuantía se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. El trámite es gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa. Los juicios que quedan excluidos son los de sucesión, familia, laborales y desalojo.


En el caso del artículo 299 del Código Procesal Civil y Comercial se tomará la suma de 300 mil pesos como monto para el recurso de queja por casación denegada. 

Las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz.

El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración. El Poder Judicial rionegrino tiene 49 Juzgados de Paz, extendidos en todo el territorio provincial. Constituyen, en muchos casos, la opción más cercana de los ciudadanos a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.

Los procesos de menor cuantía se inician en los Juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. El trámite es gratuito, informal pero con la garantía del resguardo del derecho de defensa. Los juicios que quedan excluidos son los de sucesión, familia, laborales y desalojo.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486