El Juzgado de Garantías de Octava Nominación Ciudad Judicial de Salta hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la presidenta de la Fundación Ajuya Jalala y ordenó la entrega provisoria de 26 caballos y un asno, los que se encuentran secuestrados en el Departamento de Caballería de la Provincia, que deberá colaborar con la carga y trámites de traslado de los animales en caso de ser necesario.
La fundación "Ajuya Jalala", que significa Almas vivas, tiene entre sus fines el resguardar los derechos de los animales. En su demanda la presidenta de la fundación explicó que solicitó la medida cautelar ante "los constantes reclamos por parte de la sociedad sobre los animales que se encuentran en la actualidad en el Departamento Caballería, y que ante su mal estado (situación que ha empeorado últimamente a consecuencia de las lluvias), tratando de buscar la manera de poder ayudarlos y colaborar con su mejoramiento".
Solicitaron, de este modo, la entrega a esa ONG, ya sea en carácter definitivo o provisorio, de todos los animales que se encuentren en riego para que sean dados en adopción a familias que se harán cargo responsablemente de su alimentación, vacunación y cuidado, más teniendo en cuenta la situación zoonótica que atraviesan actualmente respecto a la encefalomielitis equina.
En este escenario, la jueza Claudia Puertas tuvo en consideración que la Constitución Nacional proclama en su artículo 41 la protección de la biodiversidad y el derecho de todos los habitantes a un ambiente sano, mientras que en su artículo 43 brinda la posibilidad de una acción colectiva expedita y rápida ante las autoridades para toda persona o asociación que considere afectados los derechos que protegen el medio ambiente.
La magistrada explicó que, si bien la Constitución no hace referencia directa a los animales, al mencionar al patrimonio natural y la diversidad biológica podría concluirse que están considerados los animales no humanos.
Por último, la sentenciante destacó que la “jurisprudencia ha empezado a recepcionar, en materia de derecho animal, un nuevo paradigma que es tendencia y que cuestiona el status jurídico actual de cosa que les otorga el derecho argentino a los animales” -como el precedente de la “orangutana Sandra” y el proyecto de ley que se encuentra presentado en la Cámara de Diputados de la Nación denominado “sintientes”.
También tuvo en cuenta también el apremiante estado de salud en el que se encuentran los animales en cuestión, de los que se acompañaron fotografías que demostraron la necesidad de adoptar una medida urgente que procure el resguardo de estos seres sintientes.
Por último, la sentenciante destacó que la “jurisprudencia ha empezado a recepcionar, en materia de derecho animal, un nuevo paradigma que es tendencia y que cuestiona el status jurídico actual de cosa que les otorga el derecho argentino a los animales” -como el precedente de la “orangutana Sandra” y el proyecto de ley que se encuentra presentado en la Cámara de Diputados de la Nación denominado “sintientes”.