01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Fiscales último modelo

Fueron promulgadas las leyes que crean fiscalías en los barrios porteños de la Boca, Saavedra y Núñez las que tendrán intervención directa y exclusiva en todos los casos de hechos presuntamente ilícitos, cometidos en la jurisdicción asignada. TEXTOS COMPLETOS

 
Por medio de las leyes 25.748 y 25.749 promulgadas en el día de ayer y publicadas en el Boletín Oficial del día de hoy, se dispuso la creación de fiscalías de distrito con asiento en dos barrios porteños.

La ley 25.749 creó así la Fiscalía de Distrito en el barrio de La Boca de esta ciudad, la cual tendrá intervención directa y exclusiva en todos los casos de hechos presuntamente ilícitos, cometidos en la jurisdicción de las comisarías 24 y 26 de la Policía Federal Argentina y la Prefectura Boca del Riachuelo.

Para este organismo se crearán 9 cargos, 1 fiscal de primera instancia ante la justicia nacional en lo criminal de instrucción, 1 fiscal en lo correccional, 1 secretario de fiscalía de primera instancia y una planta administrativa de 6 cargos.

Los gastos que irrogue esta dependencia, serán atendidos con partidas del presupuesto de gastos para el año 2003, el que deberá ser incluido de conformidad con las previsiones de la ley.

Para la puesta en marcha, la ley dispone que, “los magistrados, funcionarios y empleados que se designen en los cargos creados tomarán posesión cuando se dé dicha condición financiera” sin perjuicio de las medidas provisorias que pueda adoptar el Procurador General de la Nación para la pronta puesta en marcha de la fiscalía con recursos propios del Ministerio Público General de la Nación.

En tanto la competencia de la Fiscalía de los barrios de Núñez y Saavedra, creada por la ley 25.748 tendrá intervención directa y exclusiva en todos los casos de hechos presuntamente ilícitos de competencia de la justicia de instrucción, correccional y menores, cometidos en jurisdicción de las comisarías 35, 49 y 51 de la Policía Federal Argentina.

Distinta es la conformación que se prevé para este órgano, ya que el mismo lo integrarán los titulares, funcionarios y personal de planta administrativo de la Fiscalía de Instrucción Nº 33 y de la Fiscalía Correccional Nº 11 las que son transformadas, pasando a denominarse los cargos de aquellos en fiscales de distrito en lo criminal de instrucción, correccional y menores de la Fiscalía de Distrito de Saavedra Núñez.

La distinción también se mantiene en cuanto a los gastos, ya que en este caso se atenderá con cargo al presupuesto del Ministerio Público Fiscal y con afectación de las partidas asignadas actualmente a las fiscalías que por esta ley se suprimen y con las partidas de los contratos hoy existentes, inclusive los de Secretario.

No obstante en ambas normas, se dejó a salvo las modificaciones o reubicaciones que el Procurador General podrá realizar, de acuerdo a las necesidades operativas, con el personal ya existente en el ámbito de su competencia.



dju / dju
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