03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024
Editar la prueba con IA y convencer al juez de que la admita

Video editado ¿tiene que ser probado?

Un tribunal de Washington en EEUU tuvo que analizar en un proceso penal si un video "mejorado" por inteligencia artificial que agregó "nitidez" a las imágenes podía ser admitido como prueba a la par del video original. ¿Qué pautas debía tomarse en cuenta para poder admitir la prueba?

(Generado por IA con tecnología de DALL-E 3)
Por:
Sebastian G. Onocko
Por:
Sebastian G. Onocko

La Corte Suprema de Washington para el condado de King en un proceso judicial llevó adelante una audiencia donde se discutió la admisibilidad como medios de prueba de videos mejorados por inteligencia artificial, lo que abarcó no solo las herramientas utilizadas, sino también el tipo de edición y el interrogante de si el mejoramiento de las imágenes implicaba una modificación sustancial de la prueba.

El caso enfrentó al Estado de Washington contra un ciudadano llamado Joshua Puloka, por videos presentados como prueba por la defensa de este último, y en el encuentro se escucharon los testimonios de dos testigos expertos en el análisis forense de videos.

Tras escuchas las posturas, el juez Leroy McCullough explicó que el uso de herramientas basadas en inteligencia artificial para mejorar videos introducidos en un juicio penal era una técnica novedosa, surgiendo que el testigo experto de la defensa utilizó al menos una herramienta basada en IA para mejorara 7 videos admitidos en un pendrive como prueba antes del juicio.

Entre esos videos se encontraba al menos un video de 10 segundos de duración grabado por un civil con un iphone y “stremeado” (transmitido en vivo) mediante la aplicación Snapchat, el cual tenía muy baja resolución original y desenfoque de movimiento.

 

La defensa presentó como una segunda prueba el mismo video pero “mejorado” por un programa llamado Topaz Labs AI y procesado por otro denominado Adobe Premier Pro, en el cual se lograba una versión con mejor calidad que el anterior al agregar definición, nitidez y agregar bordes más suaves a los objetos que en el video original tenían una imagen más borrosa.

 

Curiosamente la defensa presentó como una segunda prueba el mismo video pero “mejorado” por un programa llamado Topaz Labs AI y procesado por otro denominado Adobe Premier Pro, en el cual se lograba una versión con mejor calidad que el anterior al agregar definición, nitidez y agregar bordes más suaves a los objetos que en el video original tenían una imagen más borrosa.

El experto que aseguró no ser un perito forense en la materia sino más bien un camarógrafo aficionado con experiencia desde 1993 que desconocía que el primer programa se utilizaba en la comunidad de análisis forense de videos, explicó que el mismo utilizaba “machine learning” para procesar los videos, pero no sabía sobre que videos se alimentaba la IA generativa o que algoritmos utilizaba, pero que debía aceptarse ambas pruebas para mejorar la imagen, pudiendo si fuera necesario el perito del caso acudir al video original ofrecido como prueba 1.

Por su parte el experto forense por parte del Estado (actor), explicó al juez que el programa utilizado por la defensa había agregado aproximadamente 16 veces más de pixeles para mejorar cada fotograma utilizando un algoritmo desconocido y no revelado, y que el uso de la IA agregaba detalles falsos a la imagen que no eran aceptables en la comunidad de video forense al cambiar el significado de las partes del video.

 

Al eliminar las partes borrosas se eliminaban las formas y colores originales del video, demostrando al tribunal que la IA removía información de las imágenes originales agregando información que no estaba en ellas haciendo imposible la tarea del análisis forense del video

 

Explicó que al eliminar las partes borrosas se eliminaban las formas y colores originales del video, demostrando al tribunal que la IA removía información de las imágenes originales agregando información que no estaba en ellas haciendo imposible la tarea del análisis forense del video.

En conclusión, el juez entendió que la parte que deseaba introducir evidencia que utilice herramientas basadas en IA debía demostrar que la opinión o teoría de cualquier experto se basa en una metodología aceptada en la comunidad pertinente, ya que esa aceptación general de la comunidad científica es lo que se tomaba como criterio para admitir pruebas que utilicen una teoría o principio científico novedoso.

El juez para entender si existía esa aceptación general debía recurrir a artículos, publicaciones, testimonios, o fuentes legales, por eso en el caso de los videos editados por IA, recurría a la comunidad de análisis forense de videos que en la actualidad no lograba aceptación general de la herramienta utilizada por la defensa.

 

El juez entendió que la parte que deseaba introducir evidencia que utilice herramientas basadas en IA debía demostrar que la opinión o teoría de cualquier experto se basa en una metodología aceptada en la comunidad pertinente, ya que esa aceptación general de la comunidad científica es lo que se tomaba como criterio para admitir pruebas que utilicen una teoría o principio científico novedoso… en el caso de los videos editados por IA, recurría a la comunidad de análisis forense de videos que en la actualidad no lograba aceptación general de la herramienta utilizada por la defensa.

 

Mientras que por su parte esa parte no había intentado ofrecer ningún precedente que examine o admita la introducción de videos mejorados por IA en juicios civiles o penales, así como tampoco publicaciones, artículos, o fuentes legales secundarias que sostengan su postura.

En definitiva, el video mejorado no podía ser aprobado porque no tenía la integridad suficiente para demostrar lo que efectivamente ocurrió al utilizar métodos opacos para representar lo que el modelo de IA pensaba que debía mostrar.

Por ello consideró que la prueba de video con mejoras debía ser descartada, dejando únicamente el video original para ser analizado durante el juicio, ya que la admisión podía dar lugar a confusiones, teniendo además en cuenta que los procesos utilizados por el modelo basado en IA no fueron auditados por los pares, en referencia a la comunidad científica en la materia.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486