28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

A Gemignani se le cerraron las puertas

El Máximo Tribunal desestimó un planteo del camarista Juan Carlos Gemignani, quien cuestionó medidas de pruebas en el marco de un expediente disciplinario por un mensaje ofensivo enviado al chat laboral que integraba con sus colegas de la Cámara Federal de Casación Penal.

“Feliz Día para todas! ¡¡¡Especialmente para las delincuentes!!! Solo se avanzará en la igualdad cuando se reconozca derechos a las delincuentes y sean penadas. ¡¡Mientras tanto, seguiremos poniéndolas en evidencia hasta que la igualdad no sea solo relato!!”, escribió el juez Juan Carlos Gemignani, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, en un chat de WhatsApp -denominado “Acuerdo Virtual”- que compartía con sus compañeras de tribunal. 

Este mensaje fue enviado en oportunidad de conmemorarse el 8M del año 2021 y la conversación se originó por una invitación de la exjueza Ana María Figueroa en el marco de la actividad que realizarían en esa fecha. Por estos dichos se presentó una denuncia ante el Consejo de la Magistratura y se inició una investigación.

Durante el procedimiento en su contra, Gemignani presentó una acción de amparo para que se declarara la inconstitucionalidad de la resolución del 21 de abril de 2021 de la Comisión de Disciplina y Acusación. Esta última decidió avanzar en la producción de una serie de medidas de prueba, tales como la realización de una “encuesta anónima de empleados/as y funcionarios/as a fin de verificar si Gemignani, aparte de los hechos denunciados ha cometido otros actos de violencia de género”.

Gemignani, sin embargo, señaló que se trata de una prueba “humillante” en “violación de derechos humanos básicos como el derecho a la inviolabilidad de la correspondencia y el derecho al honor”, según se desprende del expediente.

La causa recayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, a cargo Martín Cormick, quien entendió que Gemignani no logró acreditar que la Comisión de Disciplina y Acusación hubiera incurrido en una ilegalidad o arbitrariedad manifiesta. Apelada dicha decisión, fue confirmada por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

 

En este escenario, la Corte Suprema de Justicia desestimó el planteo con las firmas de los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.

 

En particular, el Tribunal tuvo en cuenta nuevas circunstancias, ocurridas con posterioridad a la elevación de la causa, de las que surgía que las medidas probatorias cuestionadas por Gemignani ya se habían producido.

En este escenario, la Corte Suprema de Justicia desestimó el planteo con las firmas de los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. “Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”, dijo el  Máximo Tribunal.



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