A través de la publicación en el Boletín Oficial, el gobierno decidió avanzar con la implementación del sistema acusatorio en la Cámara Federal de General Roca desde el 4 de noviembre y en la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia desde el 2 de diciembre.
Con la firma del ministro de justicia Mariano Cúneo Libarona, el texto sostiene que la decisión “supone un avance significativo en el enjuiciamiento penal, pues incorpora definitivamente el sistema acusatorio, orientado según los principios de igualdad entre las partes, oralidad, publicidad, contradicción, concentración, inmediación, simplicidad, celeridad y desformalización”.
El nuevo Código Federal implementa el sistema acusatorio en los procesos penales de la Justicia federal. Fue sancionado como ley en junio de 2015, pero se decidió que su implementación se hiciera de forma escalonada por regiones. Hasta el momento, solo se aplicó en Mendoza y Salta.
Se trata de la misma medida dispuesta meses atrás para Rosario y Mendoza, cuya jurisdicción comprende también a San Juan y San Luis, y las fechas estipuladas por el ministerio responde la necesidad de una “preparación, a una organización más eficiente de los recursos disponibles y a una gestión expedita de los procedimientos administrativos internos de los órganos que participan de la mesa de coordinación”.
El sistema acusatorio pone la carga de la investigación en la cabeza del Ministerio Público Fiscal y da a los fiscales herramientas eficientes para llevar a cabo investigaciones complejas contra la criminalidad organizada.
Los antecedentes
En el pasado mes de mayo, entró en vigencia el Código Procesal Penal Federal en el ámbito de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Rosario, tal como lo anunció el Ministerio de Justicia de la Nación en el mes de marzo.
El nuevo Código Federal implementa el sistema acusatorio en los procesos penales de la Justicia federal. Fue sancionado como ley en junio de 2015, pero se decidió que su implementación se hiciera de forma escalonada por regiones. Hasta el momento, solo se aplicó en Mendoza y Salta.
El nuevo CPPF establece un sistema adversarial, en el que tanto la fiscalía como la defensa esgrimen sus argumentos y elementos de convicción, y los jueces controlan y deciden, sin involucrarse, en la teoría del caso esbozada por las partes. Exige una rígida separación de funciones.
En este marco, los fiscales promueven la acción penal y dirigen de manera exclusiva la investigación penal contra los presuntos autores y partícipes de un hecho delictivo. Luego, ese mismo fiscal deberá eventualmente sostener y acreditar su acusación en un juicio oral y público.
Los jueces, en tanto, garantizan que se cumpla la ley durante el proceso, además de controlar las garantías constitucionales.
Con este sistema, todo el proceso tramita esencialmente con audiencias orales y públicas y sin un expediente. El Ministerio Público Fiscal forma un legajo de investigación al que no pueden acceder los jueces. Se trata de una herramienta digital y desformalizada en la que el órgano “registra la actividad investigativa desarrollada bajo los principios de lealtad procesal y objetividad, junto con el resultado de las medidas practicadas”.
Asimismo, el próximo 5 de agosto el sistema acusatorio comenzará a regir también en la provincia de Mendoza.