El Senado de la Nación informó que el próximo 21 y 28 de agosto serán las audiencias públicas para que Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, candidatos propuestos por el Gobierno nacional para ocupar la Corte Suprema de Justicia, defiendan su pliego en la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Como paso previo, este 19 y 22 de julio deberán publicarse los edictos correspondientes en el Boletín Oficial y en dos diarios de circulación nacional. A partir de allí se abrirá un plazo de siete días para la presentación de impugnaciones y/o adhesiones; seguido por tres días de análisis por parte de la comisión sobre qué impugnaciones considera válidas y tres días más para que los postulantes respondan al respecto.
En medio del avance de los pliegos, el Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó tratar el amparo colectivo contra las postulaciones de Lijo y García Mansilla para garantizar la paridad de género en el Máximo Tribunal del país.
En una primera etapa de presentaciones, el juez federal Lijo sumó 3.578 adhesiones y 328 impugnaciones, de acuerdo a un informe del ministro de Justicia de la Nación. Por su parte, el académico García Mansilla recogió 3.129 avales y 110 observaciones.
La paridad se discute después de la feria
En medio del avance de los pliegos, el Juzgado de Feria de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó tratar el amparo colectivo contra las postulaciones de Lijo y García Mansilla para garantizar la paridad de género en el Máximo Tribunal del país.
Se trata de una medida interpuesta por la Red de Mujeres para la Justicia, Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) y el Center for Justice and International Law (CEJIL), con el objetivo de el Poder Ejecutivo y el Legislativo cumplan con la normativa convencional, legal y reglamentaria que impone tomar medidas positivas para garantizar la paridad de género en la composición de la Corte Suprema de Justicia.
“La subordinación y discriminación estructural que ha impedido a las mujeres el acceso a los puestos de mayor jerarquía en el Estado en general, en el Poder Judicial en particular, y más específicamente en la Corte Suprema de Justicia, es una violación abierta al derecho de igualdad y a la calidad democrática de nuestras instituciones”, sostuvieron en la presentación.
Sin embargo, el juez de feria Martín Cormick entendió que el planteo “no puede considerarse a la petición comprendida entre las diligencias urgentes a las que se hace referencia en el art. 153 del Código Procesal y que, en consecuencia, tornan procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial en la tramitación de la acción impetrada no entraña un riesgo cierto e inminente de frustración de derechos”.
El magistrado ponderó el dictamen fiscal que consideró que “las razones de inexcusable perentoriedad para que intervenga el Juzgado de Feria no se hallan debidamente acreditadas en el sub judice, por lo que considero que V.S. no debería habilitar la feria judicial”.