26 de Julio de 2024
Edicion 7014 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/07/2024

Justicia facilitadora

Un Juzgado de Córdoba autorizó la intervención de una facilitadora restaurativa para abordar un conflicto familiar. El caso se originó por una denuncia de violencia familiar de una mujer, quien manifestó que su marido era alcohólico y que esta adicción aumentaba su agresividad.

(PxHere)

En la causa “A., R, A. -Denuncia por violencia familiar”, el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 3° Nominación de Córdoba, a cargo de Laila Judith, autorizó la intervención de una facilitadora restaurativa para abordar un conflicto familiar que había requerido una larga intervención en los fueros Violencia Familiar y Penal. 

El caso se originó por una denuncia de violencia familiar. La mujer denunciante manifestó en su presentación que su marido era alcohólico y que esta adicción aumentaba su agresividad, según se desprende del expediente. A partir de dicha presentación, se inició una larga intervención judicial que incluyó sucesivas exclusiones del hogar conyugal, medidas de restricción de acercamiento, tratamiento por el problema de consumo de alcohol y traslado a centros de salud para su valoración. 

La violencia escaló ante el incumplimiento de tales medidas, lo que motivó el ingreso del hombre denunciado al sistema penal, como también se dispusieron internaciones involuntarias para resguardo del grupo familiar afectado.

De acuerdo al compromiso firmada por ambos miembros de la pareja, se avanzará con el divorcio vincular y se abordará el problema del uso de la vivienda que detentan como bien ganancial, entre otras cuestiones patrimoniales. Por todo ello, la magistrada hizo cesar la intervención del fuero especializado y archivó las actuaciones, por lo que el caso continuará su trámite en el fuero de Familia.  

 

Una vez autorizada su intervención, la facilitadora restaurativa consiguió que las partes comprendieran el conflicto y su envergadura mediante reuniones individuales.

 

Al respecto, la sentenciante explicó que, en este tipo de conflictos, “hay historias familiares, lazos y heridas que afectan la vida diaria de las personas que son necesarias atender”, y señaló que, desde una perspectiva sistémica, la violencia es concebida como “una forma de interacción que se puede modificar mediante intervenciones acertadas”.

“En esta línea es preciso evitar el riesgo de estigmatización de la persona denunciada, convirtiéndolo en un ‘monstruo’ que actúa arrastrado por una naturaleza violenta poseedora de una fatalidad irreversible. Es que esa estigmatización justamente lo único que hace es bloquear la disposición de las personas involucradas en el conflicto hacia su resolución”, agregó la magistrada.

Una vez autorizada su intervención, la facilitadora restaurativa consiguió que las partes comprendieran el conflicto y su envergadura mediante reuniones individuales. Estos encuentros se focalizaron en la necesidad de resolver el divorcio de las partes y la división de la vivienda, ya que no contemplaban una posible venta. Asimismo, se trabajó para evitar futuras interacciones comunicacionales bajo el patrón de agresión y respuesta, para lo cual se firmó un acta-compromiso como conclusión del trabajo de facilitación restaurativa.
 



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