04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

?Con la intervención de los Jueces de Paz se trata de darle mayor celeridad a los procedimientos?

Dr. Alfredo César Meckievi
Ministro de Justicia bonaerense

 
El ministro de Justicia bonaerense no esquiva los planteos que se le hacen desde los juzgados de Paz y algunos sectores de la comunidad jurídica respecto de las últimas normas que modifican competencias y facultades en la investigación del delito en territorio bonaerense. En tanto, asegura que estos cambios atenderán razones de “emergencia” y no se previeron para los demás casos en que los procedimientos seguirán la vía normal a través de los Jueces de Garantías. A continuación reproducimos la entrevista que en exclusiva concedió a Diariojudicial.com

DJU: En el paquete de leyes que modifican el Código Procesal Penal bonaerense, también llamado paquete “antidelito” parece haber mucha resistencia de los Jueces de Paz, a quienes se les otorga la competencia penal en sus distritos ¿Cómo ve esta circunstancia?

ACM: Mire, de todo lo que he escuchado en cuanto a declaraciones públicas de Jueces de Paz en los últimos días no ha llegado a mis oídos ningún argumento que no sea vinculado con la comodidad en la que ellos se encuentran o se encontraban antes de estas leyes. Me gustaría conocer, tan sólo uno, de carácter técnico procesal que pueda establecer un debate más amplio.

DJU: Sin embargo, se conocieron declaraciones de algunos Jueces de Paz que señalaban que habrá más demoras por que la causa va a ir y venir varias veces desde la cabecera del departamento judicial hasta el distrito de sus respectivos juzgados.

ACM: Quien haya dicho eso es por que está completamente equivocado en cuanto a la interpretación del espíritu de estas reformas, porque están aludiendo a casos de emergencia como aquellos que han sucedido muchas veces en algún distrito alejado de la cabecera departamental y por el cual la policía y el fiscal, sabiendo de la existencia de pruebas o sospechosos en algún lugar determinado, no puede actuar.

Claramente está cuestión está expresada en el decreto 1111 de modificación al código procesal penal y a la ley orgánica del poder judicial, cuyo contenido está recientemente ratificado por la Legislatura bonaerense.

Los fundamentos de este proyecto del Ejecutivo señalan que, en muchos casos, el requerimiento de orden escrita del juez de Garantías competente conspira contra la celeridad y eficacia de los actos o procedimientos que tienen por fin incorporar pruebas y diligencias

DJU: Quedaría circunscripta la actuación de los Jueces de Paz en materia penal solo para casos de emergencia

ACM: Sí, exacto, sólo en casos de emergencia. No podemos seguir de esta manera con sumatorias de casos que nos vienen contando desde hace mucho tiempo en que los procedimientos no cuentan con la eficacia esperada porque las órdenes no llegan a tiempo, sabiendo que en el distrito, un juez de Paz -que, reitero, sólo actuará en estas circunstancias - puede intervenir sin problemas. El tema de la competencia (penal) a los Jueces de Paz no es un capricho, sino una respuesta a una demanda de mayor agilidad en la investigación y esclarecimiento del delito.

Lo cierto es que muchas veces se requiere de actitudes excepcionales y muchas de estas medidas son necesarias porque hay que actuar con inmediatez y eficacia que nos hacen acortar tramites.Siempre; cuando no existan estas situaciones de excepción y emergencia y aún en estos casos se actuará en el marco de un estricto apego a las normas constitucionales y procesales.

Pero para agregar un dato rayano con lo obvio, los Jueces de Paz son magistrados equiparados a los de cualquier otro fuero, concursan su acceso a esos cargos mediante el Consejo de la Magistratura y también tienen acuerdo del Senado, es decir el mismo procedimiento que con los Jueces de Garantías y otros magistrados.

DJU: Mucho se habló sobre la falta de capacitación de los Jueces de Paz, teniendo en cuenta que durante años sólo se dedicaron a entender en causas civiles y comerciales.

ACM: Pero digo yo una cosa. Los Jueces de Paz son abogados con todas las letras, tuvieron que cursar en una facultad de Derecho donde estudian todas las ramas correspondientes a los distintos fueros, yo no creo que deban existir inconvenientes al respecto, dado que también se formaron en derecho penal. No tengo inconvenientes en remitirme a recientes palabras del gobernador bonaerense Felipe Solá en el sentido que aquél que no se sienta capacitado debe renunciar.

DJU: Parecen cambios muy repentinos y sobre los cuales muchos hablan que es una medida muy apurada para instrumentarla en lo inmediato

ACM: No es así. Fíjese que de este tema no se viene hablando desde hace una semana. A lo sumo la novedad fue la confección y envío a la Legislatura de los proyectos respectivos. Pero nadie va a desmentir que venimos con este tema desde hace por lo menos cinco meses. Muchos podrán recordar que hace unos cinco meses se organizaron jornadas de análisis en San Miguel del Monte donde se expusieron ante los propios Jueces de Paz que teníamos intenciones de avanzar hacia una ampliación de la competencia.

DJU: Además de las modificaciones sobre la competencia de los Jueces de Paz y las ya conocidas ampliaciones de facultades a los fiscales, ¿habrá otros cambios o propuestas?

ACM: Mire, en medio de todo este debate que ha tomado tanta trascendencia quizá haya quedado en segundo plano, pero no es menos importante, el estudio que hemos estado instrumentando sobre el código de procedimientos y que tuvo su análisis en las recientes jornadas realizadas en Necochea y que contó con la presencia del gobernador Solá, donde se notó la preocupación de toda la comunidad judicial con la presencia de más de 500 magistrados entre Jueces, Fiscales y Defensores.

La propuesta surgió luego de un detenido estudio de una comisión integrada por notables personalidades del campo del Derecho para ver la posibilidad, justamente de simplificar ciertas normas para lograr mayor agilidad en el procedimiento. Se modifican sistemas de apelacionesy régimen de nulidades; evitar la reiteración de planteos que prolongan el proceso y además se instalan mecanismos para acortar plazos. También se introducirán mecanismos especiales como es el caso de la flagrancia en caso de reconocimiento del hecho que permitirán juicios más ágiles.Estos cambios serán analizados en breve por la Legislatura.

Reitero, esto ha sido estudiado y los cambios buscan desburocratizar y agilizar manteniendo el respeto de las garantías constitucionales. Pero por otra parte se busca dar una respuesta a la población en el actual contexto que se vive en materia de demanda de justicia. Por otra parte hay que tener en cuenta que muchas veces ante la inseguridad se deben también respetar los derechos humanos de 13 millones de bonaerenses.



gabriel avalos / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486