20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024
Había sido destituida previamente

Un beso libre de culpa y cargo

Sobreseyeron a la ex jueza Mariel Suárez que besó a un preso en Chubut. El juez entendió que “su conducta es éticamente reprochable” pero no se enmarca en un delito.

La ex jueza Mariel Alejandra Suárez, acusada de haber besado a un preso en Chubut, fue sobreseída luego de que el juez Marcelo Nieto Di Biase resolviera que “su conducta es éticamente reprochable” pero no se enmarca en un delito.

El hecho ocurrió en 2021 cuando la magistrada quedó en el centro de la polémica luego de que trascendiera un video donde se la veía besándose con el preso Cristian “Mai” Bustos, el cual había sido condenado por asesinar a un policía.

No solo generó repudio por su accionar, sino también porque mintió. Es que, de acuerdo a lo anunciado por el Ministerio Público Fiscal de Chubut, “el 30 de diciembre de 2021 se le informó a la jueza penal de turno en Comodoro Rivadavia que había una persona detenida en espera de audiencia de control. Ella, de ‘manera engañosa’, adujo que se encontraba enferma”.

 

El juez analizó las calificaciones legales y los hechos imputados y concluyó en que “la conducta de la jueza no infringe la ley penal” al entender que “no llegó a fijarse ninguna audiencia que luego fuera retrasada por esta conducta de Suárez y que la audiencia que finalmente se concretó al día siguiente, se realizó dentro del plazo que establece la ley”.

 

“Por ese motivo la audiencia fue fijada para el día siguiente. La Fiscalía indica que, al mentir sobre su estado de salud, retrasó la realización de un acto propio de su función como jueza penal de turno”, continúa el escrito. Lo que expresa rechazo es que se supo que Suárez no estaba enferma, si no que ese día “estaba en el IPP de Trelew, visitando a un detenido, por motivos personales”.

De esta manera, se dictaminó su destitución y se le abrió una causa penal por Incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y subsidiariamente por omisión de los deberes del oficio.

El juez analizó las calificaciones legales y los hechos imputados y concluyó en que “la conducta de la jueza no infringe la ley penal” al entender que “no llegó a fijarse ninguna audiencia que luego fuera retrasada por esta conducta de Suárez y que la audiencia que finalmente se concretó al día siguiente, se realizó dentro del plazo que establece la ley”.

“Considero que la conducta desplegada por la entonces jueza penal, Mariel Suárez, resulta reprochable éticamente, pero por ello ya fue juzgada ante el Tribunal de Enjuiciamiento y destituida del cargo que ostentaba, lo que resulta de público y notorio”, destacó el magistrado. 

De este modo, Di Biase determinó que no se trató de un delito y la sobreseyó, camino similar al que manifestó el defensor público Gustavo Oyarzún, quien cuestionó el requerimiento fiscal al señalar que en la acusación “no hay un hecho delictivo, y tampoco explica qué ley ha sido violada”.

El caso

La investigación detalló que el 29 de diciembre de 2021 "Suárez exhibió su credencial para ingresar fuera del horario de visitas al penal de ruta 3 para visitar al Bustos, condenado a prisión perpetua un día antes por un Tribunal que ella presidía. El objetivo era entrevistarlo para un libro".  El encuentro se desarrolló de modo "deslucido y desajustado" al cargo de juez.

En el recinto había sillas y escritorio pero se sentaron juntos en el piso, muy cerca. "Mientras conversaban, se besaban: él acarició su cabello y Suárez tomó fotografías tipo selfie de ambos con un celular", agregó el informe. Al día siguiente se vieron de nuevo y "ya conociendo el lugar se sentaron en sillas en una ubicación tal que no podía ser tomada por las cámaras".

Los oficiales de la unidad declararon que observaron "un saludo no habitual", ya que la jueza y el preso "se toman de la cintura, se dan un beso en la mejilla y se sientan en el suelo detrás de un escritorio". Ampliaron que les llamó la atención que "se acercan demasiado uno al otro, presumiendo que se dan un beso", y se vieron "caricias de pelo y selfies".

Una cabo de la Sección Visitas dijo que la jueza entró con computadora, su celular, caramelos, sanwiches y un budín. Su jefe de turno le comentó que "estuvieron muy cercanos, parecía que se estaban besando y por tal motivo, los filmó".

El sumario indicó que la jueza violó el artículo 10 inciso B del Reglamento lnterno General al no "observar una conducta decorosa compatible con la dignidad de la función judicial"; el artículo 13 de la Ley de Ética de la función pública de "deber de conducirse apropiadamente en público", y el artículo 17 del Código de Procedimientos Penal que habla de "igualdad entre las partes e imparcialidad".

El sumario concluyó con que "está reñida con la ética judicial que se exige a los jueces" y, si bien no se cuestiona que "su actividad narrativa ni que Bustos y su historia personal, sean su fuente de inspiración", Suárez se sirvió de su condición de magistrada para ingresar al penal por un tema ajeno a su trabajo.

"Los jueces tienen actividad jurisdiccional y una vida personal que deben armonizar en lo público con su función. La sociedad necesita tranquilidad espiritual al observar qué hacen de su vida pública aquellos que deciden sobre la suya; demandan probidad en su actividad extra judicial", advirtió la sumariante. Un juez debe saber que "se le exigirá un plus en su desenvolvimiento, una exigencia mayor que si se tratara de un ciudadano que no decide sobre la vida de las personas".

Con su conducta, Suárez "renunció a su rol jurisdiccional, el cual no había fenecido y que siempre debe prevalecer respecto de cualquier otra tarea que desee desempeñar" y sabiendo que la filmaban "vulneró las normas de seguridad, se sentó en el piso con un interno recientemente condenado por ella y tuvo estrechos acercamientos físicos, muestras de confianza y afición".

 

 

 

 

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486