03 de Diciembre de 2024
Edición 7104 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2024

Procesos monitorios exitosos

Con el dictado de cientos de sentencias en tiempo récord, el STJ de Tucumán demostró la eficacia de los procesos monitorios, un trámite para reclamar el pago de deudas en corto plazo.

El pasado 1° de noviembre entró en vigencia en la provincia de Tucumán el proceso monitorio, un tipo de trámite judicial que permite reclamar el pago de deudas de todo tipo con mayor celeridad y economía procesal. 

En el marco de este nuevo instituto, incluido en la normativa provincial en el nuevo Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán (CPCCT), ya se dictaron cientos de sentencias en los distintos centros judiciales, lo que demuestra efectividad para recortar los plazos y garantizar un mejor servicio de justicia, especialmente en fueros que trabajan con una gran cantidad de causas, como lo son los Fueros de Documentos y Locaciones y de Cobros y Apremios.

 

La sentencia monitoria es una decisión que llega rápido, sin tener que pasar por las distintas etapas procesales que tienen los juicios de cobro comunes; es un aviso de que existe una deuda y debe ser pagada.

 

Los juicios monitorios son aplicados en casos de cobro ejecutivo o ejecución fiscal en los que se presume que no habrá oposición de parte del demandado. El acreedor presenta la demanda con la documentación necesaria para acreditar la deuda y, si están cumplidos los requisitos formales necesarios, el magistrado dicta la sentencia y ordena el pago. 

La sentencia monitoria es una decisión que llega rápido, sin tener que pasar por las distintas etapas procesales que tienen los juicios de cobro comunes; es un aviso de que existe una deuda y debe ser pagada.

El nuevo sistema, sin embargo, no implica que los demandados no puedan defenderse. Una vez que son notificados del fallo, tienen la opción de oponerse al mismo si no están de acuerdo con la deuda y, de esta manera, ejercer su derecho a la defensa. Para hacerlo, deberán presentar las razones por las cuales se oponen a la sentencia y presentar las pruebas que consideren pertinentes para cuestionarlo. 

En caso de que eso ocurra, la sentencia monitoria deja de tener validez y se da inicio a un proceso contradictorio en el que se seguirán todas las etapas previstas por la normativa. Si, por otro lado, el demandado no presenta ninguna oposición, la sentencia monitoria quedará firme.

El Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán (Ley N° 9531), vigente en todo el territorio provincial desde noviembre de 2022 incluyó la implementación de los procesos monitorios, mediante una cláusula que fijaba su entrada en vigencia para el 1° de noviembre de este año. 

“Se trata de una muestra clara del espíritu del nuevo ordenamiento procesal, que fue elaborado a partir de una serie de principios que buscan brindar un servicio de justicia más eficiente, obteniendo una tutela judicial efectiva en tiempo razonable”, resaltaron desde el Poder Judicial de la provincia.

 


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