La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja presentado por la defensa del exjuez Walter Turraca Schou, condenado a 28 años de prisión por delitos vinculados a la promoción de la corrupción de menores. En el fallo, firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal rechazó el planteo y dejó firme la condena impuesta por el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé en 2020, decisión que había sido ratificada por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes en 2022.
Según consta en la causa “Recurso de hecho deducido por la defensa en la causa Turraca Schou, Walter León s/ sup. corrupción de menores de 18 años agravado en concurso ideal con el delito de abuso sexual simple (...) etc”, el exmagistrado utilizaba su cargo para abordar a menores en situación de vulnerabilidad, ofreciéndoles dinero, sustancias, regalos o favores a cambio de actos sexuales. Algunas de las víctimas eran conocidas por el condenado a través de los casos que tramitaban en su juzgado, lo que agravó la imputación.
El exjuez, quien se desempeñaba como magistrado en lo civil, comercial, laboral y de menores y familia en Ituzaingó, Corrientes, fue destituido en 2016 por un jury de enjuiciamiento que lo inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos.
Antes de llegar a la Corte, Turraca Schou había sido condenado por el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé a 28 años de prisión por la promoción de la corrupción de menores en ocho hechos en concurso real. La sentencia fue emitida junto con la orden de detención inmediata.
El exjuez, quien se desempeñaba como magistrado en lo civil, comercial, laboral y de menores y familia en Ituzaingó, Corrientes, fue destituido en 2016 por un jury de enjuiciamiento que lo inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos.
En el fallo se destacó que el exjuez “aprovechaba su posición de poder para abordar a niños y adolescentes vulnerables en la vía pública, ofreciéndoles dinero, regalos u otros favores para corromperlos sexualmente”. Los delitos de los que fue hallado culpable incluyen promoción de la corrupción de menores, facilitación de la prostitución y abuso sexual, tipificados en los artículos 125, 12, 40, 41, 45 y 55 del Código Penal.
Los jueces consignaron que los testimonios de las víctimas, junto con las pruebas documentales y periciales, permitieron acreditar las graves conductas ilícitas cometidas por el exjuez. La defensa, por su parte, argumentó supuestas irregularidades procesales y apeló a la inconstitucionalidad de algunos artículos del Código Penal, lo que derivó en la presentación de un recurso extraordinario federal y, posteriormente, en un recurso de queja ante la Corte.
El fallo del Máximo Tribunal consignó que el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ya había ratificado la condena en 2022, declarando inadmisible el recurso presentado por la defensa. En esta línea, los supremos señalaron que “el recurso de queja no cumplió con los requisitos establecidos por el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación”, lo que derivó en su desestimación.