22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Todos los abogados pueden estar a la Moda

Algunos abogados usan toga, otros traje y muchos ninguno de los dos. Para que los profesionales del Derecho estén a la Moda no es necesaria una indumentaria especial. Más bien todos tienen la oportunidad de acercarse a la industria, conocerla y abogar por ella.

Por:
*
Susy
Bello
Knoll
Por:
*
Susy
Bello
Knoll

Todavía existen algunas jurisdicciones en el mundo en que las abogadas y los abogados tienen la obligación legal de participar con toga en las audiencias y en los actos solemnes. Así sucede en España por el artículo 187 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En marzo de 2020, ante la crisis de la pandemia, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el documento de “Instrucciones del Consejo General del Poder Judicial relativas a la prestación del servicio público judicial ante la situación generada por el Covid-19” eximió expresamente el uso de la toga para los actos procesales que en su gran mayoría se han desarrollado en forma virtual.  

Sin embargo, en el mes de agosto, cuando se abrió el acceso presencial a los tribunales, a pesar de ser el típico mes de período vacaciones para los abogados, se reavivó el debate de quienes están en favor del uso de la toga, entre otras razones, porque entienden que el uso de la misma iguala ante los estrados y quienes están en contra porque, entre otras cosas, la consideran una antigüedad.  Finalmente, el 19 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial español la Ley 3/2020 que en su artículo 17 dispensa el uso de la toga en las audiencias públicas hasta el 20 de junio de 2021.

De cualquier modo, en la mayoría de los países ha dejado de ser una obligación o una costumbre concurrir a los tribunales con indumentaria formal, traje oscuro, falda o corbata. Por supuesto que en tiempos de pandemia no muchos han optado por vestirse de traje oscuro para una audiencia online.

Hoy, para los profesionales del derecho, estar a la Moda, significa más bien atender las exigencias de servicio que requieren los clientes de un sector relevante de la economía global y local como es el de Moda. Es decir, estar al servicio de la industria de la Moda.

Cuando hablamos de Moda generalmente pensamos en indumentaria, calzados y accesorios, pero la definición de las matemáticas nos dice que la Moda es el dato que se repite con mayor frecuencia en una serie determinada y por eso hay Moda en las películas, los libros, los juegos, las vacaciones, los restaurantes y tantas cosas más.

En todos estos rubros existen empresas grandes, medianas y pequeñas donde es necesaria la presencia del abogado asesorando, reclamando derechos y defendiendo posiciones. En fin, abogando.

 

Esta industria creativa tiene un impacto económico importante y contribuye a un desarrollo integral del individuo y las comunidades con sus beneficios sociales y culturales adicionales. Sin embargo, no se puede ignorar su influencia negativa en el medio ambiente

 

Analizando la Moda sólo con relación al vestido se pueden encontrar grandes conglomerados multinacionales como el francés LVMH, Louis Vuitton Möet Hennessy, la mayor empresa de Moda del mundo, seguida por la norteamericana Nike y la española Inditex, propietaria entre otras marcas de Zara, Massimo Dutti, Pull&Bear y Stradivarius. También encontramos empresas medianas que suelen ser proveedoras de las anteriores; y, por último, buena cantidad de pequeñas entidades, microempresas o trabajadores independientes que suelen ser especialistas en diseño o en trabajo artesanal o a fasón.

Esta industria creativa tiene un impacto económico importante y contribuye a un desarrollo integral del individuo y las comunidades con sus beneficios sociales y culturales adicionales. Sin embargo, no se puede ignorar su influencia negativa en el medio ambiente que la hace la segunda industria contaminante del mundo como también algunas malas prácticas en la cadena productiva con relación, en particular, a los trabajadores y los consumidores. En respuesta a estos excesos han surgido movimientos de defensa de derechos como el Fashion Revolution Day, entidades sin fines de lucro y empresas sociales.

Entonces, así como en el seno de las ciencias jurídicas se han desarrollado algunas especialidades como la del derecho del deporte, del entretenimiento, de los servicios públicos, entre otros, desde los primeros años del siglo XXI algunos profesionales del Derecho alrededor del mundo hemos impulsado el Derecho de la Moda. En América Latina la Asociación de Graduados de Derecho de la Universidad Austral introdujo el tema el 14 de agosto de 2013 con la primera Jornada de Derecho de la Moda titulada “La Moda y el Derecho”.

Para introducirse en el tema, en primer lugar, es necesario diagnosticar las necesidades del sector y para ello es indispensable conocer su funcionamiento y sus características.

A poco de evaluar la actividad se advierte que el abogado resulta indispensable para cuidar el día a día eficiente y exitoso de quienes son protagonistas en el mundo de la Moda. No cuidar las cuestiones legales puede llevar, en ciertas circunstancias, a perder todo el esfuerzo realizado. Tener un abogado como consultor es una excelente estrategia de negocios para quienes están involucrados en la industria.

El derecho de la Moda es el área del Derecho que tiene por objeto el estudio y análisis de las cuestiones jurídicas vinculadas con la Moda para contribuir a la sustentabilidad de la industria entre uno de los principales objetivos.

Los profesionales del Derecho no pueden perder la oportunidad de ponerse a la Moda y contribuir con Derecho de la Moda y el desarrollo de esta industria.

----

Susy Bello Knoll:  Abogada y Contadora por la Universidad de Buenos Aires. Master en Derecho Empresario por la Universidad Austral. Doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca. Premio Extraordinario de Doctorado 2011-2012. Cursando estudios post doctorales en dicha Universidad. Directora del Suplemento de Imagen y Derecho de la Moda de ElDial.com.
El viernes 27 de noviembre dictará el webinar gratuito "Los abogados están de moda". Programa e inscripción: http://moda.eventbrite.com.ar/

Aparecen en esta nota:
moda toga derecho de la moda

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486