En ese sentido, en el escrito presentado se destacó que el juez fundamentó su excusación en el hecho de que él mismo es deudor de ese tipo de obligaciones una de las cuales, según el abogado “habría motivado un litigio judicial del que sería parte”.
Según el pedido de recusación resulta claro que de la simple lectura del planteo excusatorio, efectuado en los autos “Pérsico Luigi C/ Maffulli, Ciro y Otro”, Belluscio debería quedar apartado de intervenir en todas las causas vinculadas a la denominada pesificación.
Además, Bergenfeld destacó que el juez de la Corte “no realizó salvedad alguna sobre el límite de su inhibición a causas sólo análogas a la mencionada, en la que se discuten obligaciones entre particulares”.
También, se hizo mención a que en el voto en disidencia de Belluscio, cuando se resolvió el caso San Luis, éste reconoció la influencia que tendría sobre su situación personal el dictado de un fallo en esta causa (Beratz) o en otra análoga que ratifique los alcances del dictado de ese caso, en donde se declaró la inconstitucionalidad de las normas pesificadoras.