El juez federal Norberto Oyarbide dispuso el archivo de la investigación iniciada contra un grupo de piqueteros acusados de haber privado de su libertad al ministro de Trabajo Carlos Tomada y sus asistentes, al sitiar las salidas del ministerio de Trabajo durante toda una noche. Fuentes judiciales confirmaron además que los fiscales Luis Comparatore y Patricio Evers no apelaron la resolución, por lo cual la decisión de Oyarbide quedó firme. El magistrado recordó en su resolución que la denuncia la inició un asesor jurídico del Ministerio de Trabajo, quien denunció a los piqueteros por “privación ilegal de la libertad”, pero enseguida el ministro Tomada testimonió en la causa que no se retiró del edificio porque no quiso, y no porque las salidas estuvieran bloqueadas. Así, Oyarbide concluyó que de la declaración del funcionario “surge de manera evidente y sin contradicción alguna que la noticia sobre el bloqueo de los accesos del edificio y la recomendación de permanecer en el mismo surgió del personal de seguridad” de esa cartera. “Cabe destacar además que ninguno de los funcionarios aludidos, según sus propias declaraciones, intento salir del edificio y le fuera impedido por los manifestantes, como tampoco expresaron conocer algún empleado o funcionario que le haya sido vedada su salida por quienes se encontraban reclamando”, remarcó.
Desestiman una denuncia por genocidio
El juez federal Sergio Torres desestimó una causa penal -por presunto “genocidio” cometido por el Reino de España contra los indígenas americanos durante la colonización, aunque ordenó que se tomen “todas las medidas políticas, económicas y culturales que tengan por objeto determinar la verdad de lo ocurrido durante el proceso de conquista de las Américas por parte de la Corona Española". En la misma línea que el fiscal Eduardo Freiler, quien dictaminó lo mismo semanas atrás, el juez Torres indicó que “es innegable el derecho que le asiste a los descendientes de aquellos aborígenes que poblaron el territorio de nuestro país a conocer la verdad de los hechos ocurridos, derivado de nuestra Constitución y de los principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”, dijo Torres quien recordó que “nuestro ordenamiento jurídico procesal vigente no prevé un procedimiento penal que tenga otro fin que el de comprobar la materialidad de un delito y juzgar a sus responsables” pero remarcó que es un “deber del Estado” arbitrar “todas las medidas políticas, económicas y culturales que tengan por objeto determinar la verdad de lo ocurrido durante el proceso de conquista de las Américas por parte de la Corona Española” por lo que decidió que se extraigan testimonios y se los remita al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y al presidente de la Comisión de Población y Desarrollo Humano del Senado de la Nación para que en esos ámbitos procuren dar las respuestas a los descendientes de los aborígenes.
Una buena para los meritorios
La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires por medio del Acuerdo 3116 resolvió que los meritorios y aspirantes que tengan más de dos años de antigüedad estarán excluidos de realizar el curso de ingreso al Poder Judicial bonaerense. El tribunal tomó la medida mediante la firma del acuerdo 3116, en donde explicó que existen meritorios que –sin tener el curso de ingreso aprobado- se vienen desempeñando de manera regular y continua desde hace dos años como mínimo en organismos del Poder Judicial. Para el cuerpo, la permanencia en el desempeño de funciones hacen presuponer que se encuentran capacitados para ingresar al Poder Judicial, por lo que deben ser objeto de particular atención, asimismo su situación a la de los contratados en Planta Temporaria que cumplen tareas administrativas en los organismos judiciales.
No hay pique
La Fiscalía de Investigaciones Administrativas de la Provincia de Chubut presentó una denuncia judicial en los Tribunales de Trelew por otro caso sobre otorgamientos irregulares de permisos de pesca, presentación en la que se precisó que “la empresa pesquera Conarpesa solicitó oportunamente ante las autoridades correspondientes de la Provincia del Chubut la concesión de permisos de pesca para el área donde la Provincia ejerce su jurisdicción”. La Fiscalía de Investigaciones Administrativas instó la investigación de las supuestas irregularidades, iniciándose la causa caratulada “Conarpesa - permisos de pesca s/Investigación- Rawson” donde se indica que “el Dictamen emitido en esta causa arriba a la conclusión que el otorgamiento de permisos de pesca para una capacidad de bodega como la descripta carece de respaldo legal, habiendo los funcionarios intervinientes en su concesión avanzado más allá de los derechos y facultades que la ley les otorgaba”. El cuestionado convenio acuerda permisos de pesca para los buques Mar de Oro, Florida Blanca IV, Conarpesa I y Capitán Giachino, y se supone que “la relación entre la inversión y el permiso de pesca de acuerdo a la citada ley 3.780 y su decreto reglamentario nº 1.159/94 era de 1.700 pesos por metro cúbico de bodega”, pero “los cuatro buques suman una capacidad de bodega de 1.170 metros cúbicos”, y “teniendo en cuenta la inversión realizada por la empresa, el derecho que la misma podía aspirar era de 351,65 metros cúbicos de bodega a habilitar”.