05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

De tribunal en tribunal

La Cámara de Casación no se pronunció en la causa por la extradición a Francia del represor Alfredo Astiz y el expediente volvió a la justicia federal de Bahía Blanca, donde el juez local ya rechazó el pedido por la desaparición de dos monjas francesas durante la dictadura.

 
La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal devolvió a la justicia federal de Bahía Blanca la recusación que el fiscal de esa jurisdicción, Hugo Cañón, presentó en su momento contra el juez Alcindo Álvarez Canale, quien rechazó en dos oportunidades el pedido de extradición del represor Alfredo Astiz a Francia, por crímenes de lesa humanidad.

Originalmente, el fiscal hizo el reclamo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero desde allí lo envió a Casación, por entender que no debe resolverse una recusación directamente en el máximo tribunal.

Sin embargo, ahora la Cámara de Casación también entendió que el asunto no es de su competencia y lo devolvió a Bahía Blanca, donde –se presume- el tema será enviado para su tratamiento nuevamente a la Corte Suprema, que ahora sí podrá pronunciarse sobre el fondo de la cuestión.

Este incidente de recusación traba una decisión final sobre el destino del ex capitán de Fragata que está detenido a disposición del juez federal capitalino Sergio Torres, en la causa por los crímenes en la Escuela de Mecánica de la Armada.

Astiz es reclamado en Francia por el asesinato en Buenos Aires de las monjas francesas Alice Dumon y Leonid Douquet, secuestradas el 8 de diciembre de 1977 junto a varias integrantes del entonces incipiente grupo de Madres de Plaza de Mayo.

La Cámara de Casación decidió declararse incompetente para dictar una resolución, porque su participación en juicios de extradición no está contemplada en los procedimientos de la Ley de Cooperación Penal Internacional, que –a falta de acuerdo específico- rige la relación entre Argentina y Francia.

Los jueces de la Sala IV, Gustavo Hornos, Amelia Berraz de Vidal y Ana Capolupo de Durañona y Vedia entendieron que “en el proceso de extradición establecido no se ha previsto intervención alguna de esta cámara” pero sí de la Corte Suprema.Mientras tanto la cuestión de fondo en torno a la pertinencia o no del pedido de extradición seguirá pendiente.



dju / dju
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