20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

El Senado aprobó cuatro proyectos del Plan de Seguridad

Como era previsible, el Senado dio media sanción y giró a la Cámara de Diputados cuatro de los nueve proyectos enviados en el mes de mayo por el Poder Ejecutivo en el marco del Plan Integral de Seguridad.

 
Los normas aprobados por amplia mayoría y luego de un debate que duró mas de tres horas, fueron un aumento de penas para el delito de vaciamiento de empresas, la que establece límites para la eximición de prisión, la que amplía a otros delitos el sistema de protección de testigos y la que aumenta el poder de los fiscales, al modificar los criterios de oportunidad.

Al explicar los proyectos, el presidente de la comisión de Justicia y Asuntos Penales, el radical Jorge Agúndez y el titular de la bancada peronista, Miguel Pichetto, destacaron la necesidad de que los estados provinciales apliquen las leyes que se aprueban en el Congreso.

El primero de los proyectos, aprobado por unanimidad con 51 votos, modifica el artículo 301 del Código Penal estableciendo una pena de 1 a 6 años de prisión para los gerentes, directores administrativos, síndicos o liquidadores que sean parte de este tipo de maniobras. Antes, la pena era de seis meses a dos años de prisión, por lo que los castigos aumentan significativamente. En el caso de emisión ilegal de acciones o de cuotas de capital, el máximo de la pena se elevará a 8 años.

El segundo proyecto, que fue aprobado por 53 votos afirmativos contra 2 negativos, introduce modificaciones al artículo 319 del Código Procesal Penal, restringiendo la eximición de prisión y la excarcelación durante el proceso judicial. Según el proyecto, los imputados deberán cumplir varios requisitos antes de solicitar al juez la excarcelación o la eximición de prisión: deberán probar que no tiene intenciones de fugarse ni entorpecer el juicio, una vez puestos en libertad, para lograr que los magistrados le concedan estos beneficios.

En relación a esta iniciativa, el senador PIchetto cuestionó "el criterio de los jueces que a veces ponen alegremente en libertad a algunos sujetos que vienen con condenas y delitos previos". En este sentido consideró que las excarcelaciones se producen "debido a la falta de cárceles en la que deberían estar delincuentes altamente peligrosos".

El proyecto que establece un nuevo régimen de protección de testigos y arrepentidos a partir de la modificación del Código Penal fue aprobado por 52 a 4. Esta norma extiende la figura del arrepentido a todos los delitos, ya que antes esta figura solo regía para los casos de secuestros extorsivos, terrorismo y narcotráfico. La norma establece la "creación del programa nacional de protección a testigos e imputados, destinado a las personas en situación de peligro para su vida o integridad física, que hubieren colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal".

El último proyecto, que le da a los fiscales la posibilidad de aplicar “los criterios de oportunidad”, fue el más resistido, aunque igualmente obtuvo un amplio margen favorable en la votación: 49 votos a favor y sólo 7 en contra. Esta iniciativa permite que los delitos menores no sean seguidos de oficio por los fiscales, sino que deba denunciarlos el damnificado. Hasta ahora regía el principio de legalidad que nuestro Código de fondo ha plasmado en su artículo 71. En virtud de esta obligación legal los miembros del Ministerio Público deben promover la acción penal ante la noticia de la comisión de un hecho ilícito, no estando facultados para discriminar cuáles se investigan y cuáles no.

En su intervención, el senador radical disidente Rodolfo Terragno criticó este último proyecto porque – dijo- “podría interpretarse que apuntamos a que los pobres se busquen abogados, porque los fiscales están para las grandes cosas". Terragno también votó en contra de la ampliación del programa de arrepentidos argumentando que "son simples delatores, no son arrepentidos; simplemente quieren sacarla barata".



dju / dju
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