La decisión de la sala, integrada por Gustavo Hornos, Amelia Berraz de Vidal (en disidencia) Ana María Capolupo de Durañona y Vedia, dispone anular la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Martín y apartarlo de la causa, "debiendo realizarse un nuevo sorteo para que otro tribunal oral realice un nuevo juicio".
En la causa habían sido procesados Benito Laguna, Domingo Eduardo Uliarte, Carlos Rafael Greco, Néstor Omar Rossi, Marcela Alejandra Najera y Guillermo Ariel Rebatí, por distintas responsabilidades respecto de la tenencia, comercialización y organización de una banda dedicada al narcotráfico.
Al dictar sentencia el 28 de septiembre de 1998, el tribunal bonaerense declaró la nulidad del acta de detención respecto de Greco y Rebuti y de los secuestros absolviendo a los mismos. En otro punto declaro la nulidad de la intervenciónes telefónicas; la nulidad de allanamientos y secuestros, así como también de las declaraciones indagatorias de Laguna, Uriarte, Greco, Najera y Rossi y de los autos de procesamientos y prisiones preventiva, por los cuales los nombrados recuperaron de forma inmediata su libertad. En esa resolución el tribunal también resolvió la destrucción de la droga y decomiso de un arma de guerra.
El fiscal del juicio, Pedro Alberto García, interpuso un recurso de Casación en octubre de aquel año, pero fue rechazado por el tribunal de San Martín, por lo que el fiscal general interpuso una queja por casación denegada que fue concedida por la Sala IV de la Casación el 5 de marzo del año pasado.
Ante esa resolución el titular de la fiscalía 2 ante la Casación, Raúl Plee, solicitó la nulidad del fallo y la realización de un nuevo juicio, pedido que le fue concedido.