La AMFJN explicó “la necesidad de impulsar los mecanismos necesarios para obtener la autarquía de los Ministerios Públicos como herramienta imprescindible para lograr el cumplimiento de una eficaz prestación del servicio de justicia y consolidar las instituciones en el marco de un estado democrático”.
El reclamo surge de lo dispuesto en el artículo 120 de la Constitución Nacional. “El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera...” dice la Carta Magna.
Sin embargo, el Ministerio Público depende de las partidas que le otorgue el Poder Ejecutivo incumpliéndose la normado en la Constitución, situación que la AMFJN calificó como “penosa” y que difiere de la del Poder Judicial de la Nación que recibe el 3,5% de los recursos tributarios correspondientes a la coparticipación además de contar con fondos propios por la recaudación de algunos conceptos como la taza de justicia.
La asociación que nuclea a los jueces del país instó a Righi y Romero para que agoten “todos los medios a su alcance ante los poderes del Estado Nacional, para que se de cabal cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución Nacional, y se asegure la autarquía financiera de los Ministerios Públicos sin desmedro de las autarquías ya consagradas a otro poderes”. Esto último tiene que ver con la pretensión de algunos fiscales para que una parte del 3,5% que recibe el Poder Judicial de la Nación sean deducidos al presupuesto del Ministerio Público a razón que son parte del mismo servicio de justicia.