La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó al Estado peruano por dos casos de detenciones ilegales y por la desaparición forzada de Santiago Gómez Palomino, ocurrida el 9 julio de 1992.
La demanda en el caso Gómez ingresó a la Corte en septiembre del 2004 y el 21 de febrero pasado el estado peruano realizó un reconocimiento de su responsabilidad internacional en el mismo.
Tras analizar el caso durante su última sesión del año, los jueces de la CIDH fallaron contra Perú. La decisión tiene fecha del 22 de noviembre pero recién fue divulgada esta semana por el portal de internet de la entidad.
El fallo contempla un pago de U$S 74.000 por daños materiales para la familia de Gómez, quien al momento de su desaparición tenía 27 años y era el principal sostén económico para su familia.
Además, le otorga U$S 480.000 para su madre, su hija, su entonces compañera sentimental y sus hermanos y hermanas, quienes además podrán recibir, ellos o sus hijos, asistencia para estudios primarios o secundarios.
No obstante, los magistrados también determinaron que el estado debe seguir investigando los hechos para hallar a los responsables, así como esforzarse por encontrar los restos de Gómez para entregarlos a sus familiares.
La Corte dictó otras dos sentencias por los procesos penales a que siguen siendo sometidos Wilson García Asto y Urcesino Ramírez Rojas, acusados de cometer el delito de terrorismo.
Ramírez esta detenido hace 13 años y García estuvo preso por nueve años hasta que en el 2004 fue absuelto, aunque sigue pendiente la resolución de un recurso de nulidad presentado por la fiscalía.
Por ambos casos Perú deberá pagar U$S 185.000 a García y sus familiares, así como U$S 250.000 a Ramírez y familiares por los daños materiales, inmateriales, las costas y gastos durante el proceso.
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